Una excepción justa y necesaria: a proposito de las fan fiction works

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Usted es un seguidor de las novelas y películas de Harry Potter por lo que quiere expresar lo que este mundo mágico significa en su vida desarrollando una página web en la que ayuda a fanáticos como usted a comprender un poco más de la historia y los personajes. Mejor aún… usted cree que no hay mejor tributo que ensayar finales alternativos, adherir nuevos personajes y todo ello en nombre de su verdadera pasión por Hogwarts, Harry o la historia en general. Las fan fiction works son obras derivadas realizadas por fanáticos o seguidores de las obras originarias.

Estas obras pueden ser de dos tipos: (i) referential fan fiction work, esto es, aquella en la que los fanáticos únicamente compilan información o presentan la información ya existente de una nueva manera sin modificar nada de la obra originaria; y, (ii) participatory fan fiction work, esto es, la obra en la que el fanático emprende un trabajo de creación directa referida a la propia obra (por ejemplo, crearle un desenlace alternativo a una obra preexistente).

¿Cuál es el problema? Bueno… la interpretación que los fanáticos o seguidores pueden tener de una obra no necesariamente es la lectura que sus autores tienen y quieren que todos tengamos. Quizás usted entiende que Albus Dumbledore vivió enamorado de la profesora McGonagall aunque para la autora dicho personaje sea gay. En cualquier caso, más allá de lo que los autores sientan y crean, una vez que una obra llega a su destinatario (nosotros), el autor pierde el control respecto de las interpretaciones posibles de la obra. El autor controla su obra, sí, pero no controla la mente de los lectores, espectadores y seguidores en general. Y ciertamente no es una infracción a la propiedad intelectual tener una lectura distinta de las cosas.

Sin embargo, cuando uno expresa esta creatividad personal en obras derivadas (por ejemplo, nuevas historias con otros desenlaces pero empleando los personajes originales), uno debería contar con la autorización del autor de la obra original. No hacerlo importa una infracción. Para decirlo de forma más directa, usted no puede publicar un libro con un final alternativo para la novela Harry Potter and the Deathly Hallows por más que su intención sea hacer un homenaje. No sin la autorización de la autora, al menos.

Las leyes de derechos de autor han ignorado este fenómeno. Sin embargo, creo que es justo y necesario (para jugar con términos religiosos) que se reconozca una limitación nueva para los casos de creatividad secundaria con fines no lucrativos cuando pueda inferirse la calidad de obra de fanático de la estructura de la obra derivada. El tema es complejo y puede debatirse sobre la extensión eficiente de una nueva limitación en el sentido que propongo (para no vulnerar la archiconocida regla de los tres pasos)… pero creo que es mejor abordar la cuestión y no mantener esa constante espada de Damocles que pesa sobre quienes solo quieren expresar su legítimo cariño hacia una obra. El autor controlará su obra… pero nunca controlará nuestras mentes, almas y corazones.

Por: Gustavo M. Rodríguez García

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