Concurso para la Dirección de Arbitraje Administrativo

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Se ha efectuado la convocatoria para el Concurso de Méritos N° 001-2011-OSCE, mediante el que se busca cubrir la plaza vacante de Director de Arbitraje Administrativo. Dicha plaza es una de las de mayor relevancia para el actual sistema de contratación pública, toda vez que el OSCE cumple funciones residuales en relación con el arbitraje, especialmente en su modalidad de arbitraje independiente o ad hoc, aunque también para el desarrollo del arbitraje institucional ante el SNA-OSCE; como se sabe, el arbitraje es el medio a través del cual se resuelven las controversias que surjan durante la ejecución de los contratos.

Como podrá leerse en el archivo de las Bases para dicho proceso (que adjunto), se han establecido como requisitos mínimos los siguientes:

1. Título Profesional
2. Conocimiento de gestión y administración pública.
3. Conocimiento en contrataciones del Estado
4. Experiencia de 5 años en el sector público o privado en funcionaes del cargo o similares.

En este primer punto, llama la atención que no constituya un requisito mínimo el tener conocimientos en lo que es, propiamente, el objeto de las funciones de esa dirección; es decir, arbitraje y gestión de conflictos en general. Por tanto, podrá acceder a ese cargo cualquier persona, aun aquellas que no tienen conocimientos especializados en esa materia. Esto no resulta adecuado para el desarrollo de las actividades propias de esa Dirección.

En lo que refiere a los factores de evaluación, sucede algo muy parecido. Dichos factores consideran el ejercicio profesional vinculado a las funciones del cargo por más de 10 años. No se precisa que es lo vinculado y, tampoco, cuáles son las “funciones del cargo”.

Asimismo, en cuanto a la evaluación curricular, se requiere conocimientos especializados en Contrataciones del Estado y en Administración Pública y Gestión; eso está bien, pero resulta flagrantemente insuficiente. Ninguna mención, otra vez, a la necesaria formación especializada en arbitraje o en solución de controversias.

Como se puede apreciar, tampoco se precisa qué se entenderá por “funciones del cargo”. Creo que habría sido necesario ello.

Ahora bien, tomando en cuenta que este proceso se inicia el 1 de junio de 2011, resulta importante que los interesados tomen las providencias del caso para la exhaustiva preparación de sus expedientes.

En cuanto a la prueba de conocimientos, no se ha establecido qué materias serán las que se incluirán en esa evaluación. Lo que sí puede presumirse es que no incluirán arbitraje y resolución de conflictos. Ironías de la vida y de la administración pública.

Mediante Resolución N° 346-2011-OSCE/PRE, se ha declarado la nulidad del Concurso de Méritos N° 001-2011-OSCE, a razón de una denuncia presentada ante el Órgano de Control Institucional.

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Comentarios

  1. Juan José Pérez Rosas Pons escribió:

    Tu le llamas ironía estimado amigo, yo lo llamo direccionamiento y del mas vulgar, no puede ser posible que ni siquiera exijan por lo menos un seminario en arbitraje de los tantos que hay, es decir, cualquiera que haya trabajado en la administración pública puede participar y lo peor, ganar! y luego sorprendernos con las ilustradísimas resoluciones que ya está expidiendo hace buenos meses. Una vergüenza.

  2. ARTURO BOCANEGRA TAPIA escribió:

    COMPARTO EN TODOS SUS EXTREMOS LOS COMENTARIOS DEL DR. PEREZ ROSAS

    SALUDOS PARA AMBOS

  3. dlatorreb Autor escribió:

    Gracias, por leer este blog, Juan José y Arturo. Resulta, pues, preocupante, que el cargo de Director de Arbitraje no requiera conocimientos, experiencia y/o especialización en el campo de la solución de conflictos y, específicamente, en arbitraje, terreno académico y jurídico de alta complejidad.

  4. Juan José Pérez Rosas Pons escribió:

    afortunadamente se declaró la nulidad de este proceso. Lo lamentable es que tuve que presentar ante el OCI la denuncia a la que se hace mención en la Resolución pero al menos valió la pena. http://www.osce.gob.pe/cons

  5. dlatorreb Autor escribió:

    Gracias, Juan José, por la noticia y felicitaciones por el objetivo alcanzado.

  6. Mario Gomez escribió:

    Hola Derik, no se pueden visualizar los documentos que has colocado: Resolución N° 346-2011-OSCE/PRE.Sería bueno que publiques el link.

    Gracias.

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