1. Introducción
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió, mediante la Sentencia 303/2025 recaída en el Expediente 02553-2023 (descargue aquí la resolución completa), la demanda de amparo interpuesta por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) contra los jueces supremos que dictaron la Casación 325‑2019‑La Libertad. La entidad alegó lesión de los derechos al debido proceso, a la debida motivación de las resoluciones y de defensa, porque —afirmó— la Sala Suprema habría fijado la remuneración de un trabajador basándose en “una prueba nunca actuada” y actuando como tribunal de instancia. El TC declaró infundada la demanda. El caso sirve para analizar los límites del amparo contra resoluciones judiciales y el estándar constitucional de motivación probatoria.
2. Antecedentes procesales esenciales
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Reestructuración y litigio laboral. En el marco de las reorganizaciones dictadas por los D.L. 639 y 673, el trabajador reclamó ser restituido al cargo de Jefe de División – Auditor IV y percibir la remuneración correspondiente.
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Proceso contencioso‑administrativo. Tras una trayectoria procesal extensa, la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema expidió la Casación 325‑2019, que acogió parcialmente la demanda del trabajador y ordenó reintegros sobre la base de la escala remunerativa interna publicada por la SUNAT en 2003.
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Demanda de amparo (2019). SUNAT alegó que esa escala no era prueba idónea ni aportada oportunamente y que la Sala Suprema había actuado pruebas de oficio sin contradicción. El Tercer Juzgado Constitucional la desestimó; la Segunda Sala Constitucional la declaró improcedente; SUNAT interpuso recurso de agravio constitucional.
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Decisión del TC (2025). El TC confirmó la improcedencia y declaró infundada la demanda, descartando violaciones a los derechos alegados.
3. Problemas jurídicos planteados
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¿Cuándo procede el amparo contra resoluciones judiciales?
Conforme a la doctrina del TC (p. ej., STC 3741‑2004‑AA y STC 6712‑2005‑PHC) solo procede cuando existe violación manifiesta de derechos fundamentales y la vía ordinaria no ofrece tutela efectiva. -
Estándar de debida motivación. El juez debe explicitar una ratio decidendi coherente, congruente y suficiente, sin exigirse extensión determinada.
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Actuación y valoración probatoria en casación. La casación no puede convertirse en tercera instancia, pero puede examinar derecho y, excepcionalmente, valorar hechos cuando derivan de prueba admitida en autos.
4. Argumentos del Tribunal Constitucional
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Prueba controvertida. La escala remunerativa cuestionada sí fue ofrecida por el propio demandante en el proceso contencioso; SUNAT no la impugnó oportunamente, de modo que no hubo prueba sorpresiva ni indefensión.
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Motivación suficiente. Los jueces supremos interpretaron de manera razonada los D.L. 639 y 673, la Constitución (arts. 24 y 103) y normas internacionales sobre remuneración e igualdad; relacionaron esos criterios con los hechos probados y justificaron la restitución salarial.
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Respeto del derecho de defensa. SUNAT litigó activamente, ejerció pluralidad de instancias y presentó medios de prueba; no se acreditó obstáculo procesal alguno.
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Función del amparo. El TC recordó que la acción de amparo “no puede fungir de instancia revisora de la corrección interpretativa o probatoria ordinaria”, salvo arbitrariedad patente, la cual no se verificó en el caso.
5. Análisis crítico
5.1. Control constitucional sobre la motivación
La sentencia refuerza la idea de que el control del TC se centra en la razonabilidad externa de la decisión —no en el acierto jurídico—. El examen mostró que la Sala Suprema construyó un itinerario lógico‑jurídico basado en: (i) reconocimiento previo del cargo vía Resol. 174‑2008‑8A000; (ii) contraste con la escala salarial interna; y (iii) aplicación de los beneficios previstos en el D.L. 673. Esa estructura supera el test de motivación suficiente.
5.2. Valor probatorio de documentos “web”
Aunque SUNAT calificó la escala de 2003 como “documento de internet”, el TC subrayó que provenía de la propia entidad y fue ofrecida por la parte actora: no había falta de fiabilidad ni contradicción. El fallo sugiere que la autenticidad de pruebas digitales vinculadas a la administración puede presumirse si existen mecanismos de verificación (hosting institucional), trasladando la carga de impugnación a la parte interesada.
5.3. Rol de la casación como garante de legalidad
La crítica de SUNAT se basaba en que la Sala Suprema habría actuado prueba de oficio. El TC matiza: la Sala no creó prueba nueva; simplemente valoró un documento existente para corregir la inaplicación normativa advertida. Ello es concordante con la función nomofiláctica de la casación de “velar por la correcta interpretación y aplicación del derecho objetivo”, incluso si para ello reexamina premisas fácticas cuando derivan de prueba válida.
5.4. Implicaciones para entidades públicas
El caso evidencia el estándar elevado que deben superar las entidades estatales para impugnar, por vía constitucional, decisiones laborales adversas. La sentencia exige agotar oportuna y diligentemente los cuestionamientos sobre prueba y encuadre normativo: el amparo no corrige negligencias procesales ni desacuerdos valorativos.
6. Conclusiones
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Precedente reafirmado: El amparo contra resoluciones judiciales solo prospera ante vicios manifiestos de motivación o flagrantes vulneraciones a derechos fundamentales; la mera disconformidad con la valoración probatoria no basta.
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Deber de diligencia probatoria: Las partes —incluidas las entidades públicas— deben impugnar oportunamente la admisión y valoración de documentos; el silencio procesal convalida su uso posterior.
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Motivación judicial robusta: La decisión de la Corte Suprema superó el estándar constitucional porque expuso premisas fácticas, interpretativas y normativas, mostrando un hilo lógico‑jurídico claro.
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Seguridad jurídica y economía procesal: La sentencia evita que el amparo se convierta en tercera instancia, preservando el principio de cosa juzgada y la estabilidad de las relaciones jurídicas emanadas de la jurisdicción ordinaria.
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Proyección doctrinal: El fallo consolida una línea de precedentes que legitima la utilización de pruebas digitales institucionales y delimita el alcance de la revisión casatoria, armonizando protección de derechos laborales con seguridad jurídica.
En síntesis, la STC 303/2025 reafirma que la tutela constitucional no es un espacio para reabrir debates probatorios cerrados, salvo arbitrariedad evidente, y exige a los litigantes —particulares o estatales— una actitud procesal proactiva y coherente con los principios de buena fe y lealtad procesal.
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