Archivo de la categoría: General

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“Nosotros” y “Ellos”: Relaciones intergrupales en el conflicto socioambiental

Raysa Robles

Equipo de Consultoría

En todo conflicto social puede identificarse diversos actores involucrados que perciben sus intereses como contrapuestos. Por un lado tenemos a la empresa que busca el desarrollo de un proyecto extractivo en una zona determinada y por otro, a la población que habita en dicho lugar. Es por ello que considero importante profundizar en las relaciones intergrupales, los estereotipos y la amenaza que perciben las comunidades en relación al desarrollo de una actividad extractiva en su territorio.

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Ordenando la Casa: Ordenamiento Territorial en el Perú

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Lizbeth Díaz

Área de Consultoría

El día jueves 06 de junio, nuestro Centro, organizó el Desayuno-Conversatorio “Ordenando la casa: Ordenamiento Territorial en el Perú”, el cual contó con la participación de connotados especialistas en el tema como:   el Ing. Adrián Neyra Palomino; Director General de Ordenamiento Territorial del MINAM; el Ing. Zaniel Novoa Goicochea, Presidente de la Sociedad Geográfica de Lima; y la Dra. Silvana Baldovino, Directora del Programa de Conservación de la SPDA.  A continuación un breve resumen de los principales temas tratados en el Desayuno – Conversatorio.

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Encaminando el Ordenamiento Territorial en el Perú

Lizbeth Díaz

Área de Consultoría

El pasado miércoles 08 de mayo se aprobó mediante Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM, la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos sustentatorios  para el Ordenamiento Territorial. (si quiere acceder a la Guía ir a http://sinia.minam.gob.pe/public/docs/3341.pdf )

Dicha Guía define el ordenamiento territorial como “un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, (…) sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos.”

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Tensiones no resueltas en la Consulta Previa

Autora: Marlene Anchante

Aquí les dejo el link de un interesante artículo sobre la Consulta previa en el Perú, donde se parte por analizar cómo se formuló la ley de consulta previa y su reglamento sí como las reacciones que tuvieron los pueblos indígenas (PI) paso a paso. Para las autoras Schilling y Flemmer, dicho análisis revelaría que existen visones diferentes en la relación Estado-PI acerca del desarrollo y de las formas legítimas de participación. Asimismo, se indica que a pesar de los avances en la institucionalización del derecho a la consulta previa actualmente existen tensiones no resueltas. Sin ir muy lejos vale la pena mirar lo que publica hoy el diario Gestión (ver aquí) dónde se señala que existiría una discrepancia entre el Viceministro Lanegra y el Ministro de Energía y Minas Merino sobre las comunidades campesinas como sujeto de consulta. Y ello, se da a conocer en medio de una noticia mayor, vinculada a la temporal exoneración de consulta para 14 proyectos mineros. El dilema de fondo ya conocido es que necesitamos que caminen dichos proyectos para que siga creciendo económicamente nuestro país, considerando la baja de los precios de los minerales.

En efecto como señalan las autoras del artículo existen tensiones no resueltas, que como vemos en la noticia citada no solo se dan entre los distintos actores involucrados, sino también al interior del propio Ejecutivo. El artículo en cuestión señala que la consulta previa podrían terminar siendo combustible para más conflictos sociales, contradictoriamente con los argumentos que le dieron origen “que ayude a disminuir los conflictos”. Se añade que las futuras consultas podrían ser conflictivas no solo por el objeto de la consulta (qué se consulta) sino también por el diseño e implementación del proceso de consulta (cómo se consulte). En este punto, en el artículo se subraya que para los PI un tema crítico es la imparcialidad de la entidad encargada de consultar. Ello porque se cuestiona legitimidad y credibilidad de las instituciones del Estado (lo que obviamente no tiene que ver con los funcionarios que actualmente están trabajando, sino es un asunto estructural- desconfianza histórica). Esto, nos lleva a preguntarnos si el diseño institucional peruano para hacer la consulta previa es el mejor?. Como se señala en el artículo existe una considerable diversidad entre los actores y grupos de cara a los PI (Ministerios, bancadas políticas en el Congreso, partidos políticos etc.). En mi opinión es utópico pensar que las diferentes visiones sobre la consulta previa y los PI se van a homogeneizar, pero sí necesitamos conciliar entre todos cómo haremos los procesos de consulta previa. Se necesitan posiciones equilibradas que hagan compatible del derecho a ser consultados y la marcha de proyectos extractivos en el país.

Para leer el post completo, ahag clic aquí.

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Fortaleciendo la gestión ambiental en el Perú

Lizbeth Díaz

Área de Consultoría

El día de ayer se publicó en el Diario El Peruano el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM “Aprueban cronograma y plazos para el proceso de implementación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE”, y el día de hoy la Ley N°30011, la cual modifica la Ley N° 29325 “Ley del Sistema Nacional de Evaluación Y Fiscalización Ambiental”, de esta forma se busca el consolidar el fortalecimiento de la gestión ambiental en nuestro país.

El Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM establece los principios orientadores del proceso de implementación del SENACE: principio de preclusión, es decir, las etapas presentadas resultan preclusivas; principio de cumplimiento de condiciones; principio de predictibilidad; principio de transparencia en el proceso de implementación;  principio de construcción de capacidades; y el principio de gradualidad. Así mismo, presenta las etapas y establece los plazos para la implantación del SENACE. (Ver Figura 1).

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Salió el primer libro sobre Conga

Ayer estuve en la presentación del libro “Más allá de Conga” de José Echave y Alejandro Diez. Es el primer esfuerzo desde la academia de analizar lo ocurrido en Conga. Debo decir que fue un éxito la convocatoria y que en primera fila estuvo el ex Premier Salomón Lerner. Los comentarios del libro estuvieron a cargo de Fernando Rospigliosi (sociólogo), Manuel Pulgar Vidal (abogado y actual Ministro del Ambiente) y Carlos Monge (antropólogo). En este post dejo mis notas personales.

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El crecimiento económico requiere asegurar los derechos de propiedad

Autora Marlene Anchante Rullé

Gracias a Jorge Villegas del IFC quien nos hizo llegar a la Red Latinoamericana de Reasentamiento un interesante artículo titulado Security of Property Rights for Whom?, aquí el link:

http://www.wider.unu.edu/publications/working-papers/2011/en_GB/wp2011-083/_files/86686554761331060/default/wp2011-083.pdf

 

Una buena parte de este artículo escrito por Terra Lawson-Remer en el 2011, desarrolla la relación entre los derechos de propiedad y el desarrollo económico de un país. Según el autor, se afirma en general  que la seguridad de los derechos de propiedad es un pre-requisito necesario para el desarrollo económico. Ante ello surge la pregunta…la seguridad de los derechos de propiedad de quiénes? O para quiénes?. Hasta ahora, la literatura ha respondido a dicha pregunta en dos niveles: uno primero, a nivel micro, sosteniéndose  que se necesita asegurar los derechos de propiedad de quienes tienen las habilidades, conocimientos y el capital para liderar el crecimiento económico de un país. La idea que subyace es que asegurando la propiedad a estas personas o grupos se estará incentivando la inversión en forma más eficiente, ya que se evitaría que los recursos estén en  manos de quienes lo sub-utilizarían. Esta es la premisa precisamente del “Perro del Hortelano” desarrollada por el ex Presidente García.  No obstante, Terra nos recuerda que el derecho de propiedad es “relacional” vale decir que poseer dicho derecho implica afirmarse y ejercerlo en relación a otros reclamantes potenciales. De modo que, no se puede perder de vista la existencia de otros propietarios que tienen su propia idiosincrasia que incluso pasa por un valor no económico de la propiedad (Radin, 1982 citado por Terra, 2011:5).

Para seguir leyendo abrir el siguiente link:

http://blog.pucp.edu.pe/blog/marleneanchante

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Las comunidades campesinas son o no pueblos indígenas

Autora: Marlene Anchante Rullé

Con la implementación de la consulta previa en el Perú (aún no concretada en la práctica), las comunidades campesinas se enfrentan a la probable necesidad de repensarse como “pueblos indígenas u originarios”, término(s) utilizado(s) tanto en la legislación nacional como internacional. Es posible que más de un lector, haya escuchado algún miembro de una Junta Directiva Comunal autodenominarse “pueblo indígena”. Yo sí lo he escuchado. En cuanto salió la ley de consulta previa en el Perú,  hubo quienes la tomaron al pie de la letra, señalando que a las comunidades campesinas no les tocaba ser consultadas. Ello fue (y es todavía) objeto de preocupación para algunos proyectos mineros, que tienen como vecinos a comunidades campesinas. No obstante, el propio Reglamento de la Ley dice que las comunidades campesinas y nativas pueden ser identificadas como pueblos originarios. Subrayo la palabra pueden porque ello podría significar también la posibilidad que no lo sean. Trabajando varios años junto a abogados tengo claro que hay una gran diferencia si en vez de pueden dijera deben.  En todo caso son precisiones legales que en medio de todo no logran opacar el gran avance (en la dimensión legal o de reconocimiento de derechos) que implica la dación de la Ley de Consulta Previa en el Perú y su reglamentación. Aunque es bueno recordar que dicha ley es el resultado de la presión política y social, en respuesta  inevitablemente a una tendencia legal global promovida por activistas nacionales e internacionales así como organismos multilaterales. Y que además (quizás más decisivamente) fueron el producto de algunos conflictos sociales vividos en el país, que escalaron a niveles de violencia. Esto lo desarrollé en un post hace algún tiempo (ver aquí).

Ahora bien, que las comunidades campesinas se repiensen como pueblos indígenas u originarios, podría ser leído por algunos como un mero “acto de viveza”. En contraposición a ello, dejo en este post algunas ideas y asuntos a considerar con una mirada histórica pero también de cambios en los procesos sociales.

Para ver el post completo ver el siguiente link:

http://blog.pucp.edu.pe/item/174391/las-comunidades-campesinas-son-o-no-pueblos-ind-genas#more

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