Excluyen la violencia doméstica de la mediación

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Raúl Podestá, Graciela Muñiz Saavedra, Darío Mattio y José Russo en un alto de la extensa sesión legislativa de ayer.Raúl Podestá, Graciela Muñiz Saavedra, Darío Mattio y José Russo en un alto de la extensa sesión legislativa de ayer.

Excluyen la violencia doméstica de la mediación

00:29 24/10/2013Se convirtió en ley el mecanismo de resolución de conflictos opcional al proceso penal. Se debatió durante dos horas la incorporación de los conflictos familiares y de género.

NEUQUÉN (AN).- Al aprobar en particular
la ley Nº 2879 del programa de Mediación Penal la Legislatura excluyó a
los hechos de violencia doméstica o de género por considerarlos de una
gravedad que no admite esa instancia.

Para ello, los diputados
modificaron en el recinto el despacho original, tras un debate de más de
dos horas sobre el artículo 3º que en su parte final también excluye de
la mediación a delitos cometidos por un funcionario político en el
ejercicio de su cargo.

Según informó la Legislatura en un informe de prensa, implica que esos delitos van en forma directa a un proceso judicial.

La votación fue transversal a los bloques y por un voto (12 a 11) se
impuso el texto que indica la exclusión explícita de hechos de violencia
de género en la mediación.

La iniciativa la impulsó Jesús Escobar
(MLS), y sumó argumentos de Maria Carnaghi (MPN), Daniel Baum (UP),
Ricardo Rojas (MID) y Manuel Fuertes (NCN), entre otros. La
vicegobernadora Ana Pechen destacó la calidad del debate y dijo que si
le hubiera tocado votar, en caso de empate, apoyaba la exclusión de la
violencia de género de la mediación penal.

El proyecto fue enviado por el TSJ, mediante acordada y en el tratamiento legislativo,
que incluyó las comisiones A y B y la de interpoderes (que integran
representantes de los 3 poderes), se le hicieron modificaciones. Entre
ellas, la exclusión de la violencia de género como conflicto sujeto a
mediación.

Generalmente los proyectos de ley que tienen media
sanción (ya había sido votado en general), el tratamiento en particular
es un procedimiento formal ágil. Tal antecedente no ocurrió en esta ley.

Esta es la primera ley del paquete de normas complementarias para aplicar desde el año próximo la reforma procesal penal.

Escobar
planteó mantener el texto original de la ley por considerar que no es
un delito que pueda quedar a criterio de oportunidad del fiscal.

José
Russo (MPN) dijo que la ley plantea un sistema genérico de mediación,
en contraposición a leyes específicas para violencia de género.

Manuel
Fuertes (NCN) afirmó que la violencia de género comprende cuestiones
que no son mediables, y a la vez, dijo que “las políticas de persecución
penal las fijan los parlamentos, nacional, provincial y no los
ministerios públicos fiscales”.

A su turno, María Angélica
Carnaghi enfatizó la necesidad de enviar un mensaje a la sociedad en el
que quede claro “que un delito de violencia contra la mujer no es
mediable”.

FUENTE: RIO NEGRO

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