SUPREMA ANULA PROHIBICION AL USO DE LA BURKA

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El alcalde de Lleida acata pero no comparte la sentencia sobre el ‘burka’

“Lo que se pretendía con la ordenanza era velar por la igualdad entre el hombre y la mujer”, dice el edil

El alcalde de Lleida, el socialista Àngel Ros, ha manifestado que “acata pero no comparte” la sentencia del Tribunal Supremo que anula la ordenanza municipal sobre civismo y convivencia que prohíbe el uso del burka y otras prendas que oculten el rostro en espacios públicos municipales. “No la compartimos”, señala Ros, “porque en el fondo lo que se pretendía con la ordenanza aprobada era velar por la igualdad entre el hombre y la mujer y por la no discriminación de esta en los espacios públicos, que es donde podemos regular”

Ros ha recordado que el TSJC había avalado el artículo de la ordenanza municipal revocada. “El Supremo arguye que esta materia sí puede ser regulada por las cámaras legislativas, por lo que pedimos que los parlamentos autonómicos o las Cortes Generales regulen en el mismo sentido que lo había hecho la ordenanza de civismo y convivencia del Ayuntamiento de Lleida que velaba y vela por la igualdad efectiva entre el hombre y la mujer y por la no discriminación”.

Por su parte Carlos Antolí, abogado de la asociación islámica Watani que presentó el recurso en contra de la ordenanza, ha señalado que es la primera sentencia en Europa que se dicta sobre esta cuestión. “Tiene una importancia fundamental porque quita la razón al TSJC al afirmar que el derecho a la libertad religiosa del artículo 16 de la constitución está por encima de cualquier otra consideración sobre igualdad entre hombre y mujer”.

“Para que no exista igualdad”, añade, “debe haber una coacción a la mujer para que lleve ese vestido y en una normativa global no se puede entrar en casos particulares para saber si una persona tiene toda la libertad para llevarlo o no. Y por otro lado, la sentencia  aclara también que el Ayuntamiento no era competente para decidir sobre derechos fundamentales. En todo caso, debería regularse a través de una ley orgánica estatal o autonómica”.

El letrado ha comentado que esta sentencia significará un freno o una reflexión más profunda para aquellos ayuntamientos que estaban estudiando la posibilidad de legislar en el mismo sentido que lo hizo el Consistorio de Lleida.

FUENTE: EL PAIS ESPAÑA

02.03.13

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