5 septiembre 2011
Etiquetas: feminicidio

Jessica Lenahan, víctima de violencia doméstica junto con sus hijas Leslie, Katheryn y Rebecca Gonzales, de 7, 8 y 11 años de edad, obtuvo una orden de protección contra su ex cónyuge de las Cortes de Colorado el 21 de mayo de 1999. Durante la noche del 22 y la madrugada del 23 de junio de 1999, al desconocer el paradero de sus hijas, Jessica Lenahan tuvo ocho contactos con el Departamento de Policía de Castle Rock, en los que solicitó la intervención de la policía, informando que poseía una orden de protección contra Simon Gonzales, ex-esposo de Jessica y padre de las tres hijas. La respuesta policial a los contactos de Jessica Lehahan fue pasiva, fragmentada, descoordinada y desprevenida, y no respetó los términos de la orden de protección otorgada.

Esa madrugada, Simon Gonzales llegó en su camioneta al Departamento de Policía de Castle Rock e inició un intercambio de disparos con los agentes de la estación, en el curso del cual resultó herido de muerte. En la camioneta se encontraron los cuerpos sin vida de las tres niñas.

La orden de protección era la única medida que Jessica Lenahan tenía a su disposición en el derecho estatal para proteger su seguridad y la de sus hijas frente a actos de violencia doméstica, y la policía no la implementó de forma debida. El aparato del Estado no estaba debidamente organizado, coordinado y listo para proteger a estas víctimas de violencia doméstica mediante la implementación adecuada y efectiva de la orden de protección.

Estas fallas en la protección constituyeron una forma de discriminación violatoria de la Declaración Americana, al producirse en un contexto en donde ha existido un problema histórico en la ejecución de las órdenes de protección que ha afectado desproporcionadamente a las mujeres, porque constituyen la mayoría de las titulares de las órdenes de protección.

La Comisión estableció que el Estado no investigó debidamente las denuncias presentadas por Jessica Lenahan antes de la muerte de sus hijas, y tampoco llevó a cabo una investigación diligente de las circunstancias de la muerte una vez que se encontraron sus cuerpos. En consecuencia, su madre y la familia viven con una incertidumbre al respecto, y los agentes a cargo de hacer cumplir la ley no han tenido que rendir cuentas por no haber cumplido con sus responsabilidades.

La CIDH insta a Estados Unidos a cumplir con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo sobre el caso, que incluyen realizar una investigación seria, imparcial y exhaustiva de las fallas sistémicas que ocurrieron en relación con la ejecución de la orden de protección, reforzar por la vía legislativa el carácter obligatorio de las órdenes de protección y otras medidas de seguridad para proteger a las mujeres de actos de violencia inminentes y crear mecanismos de implementación efectivos, entre otras.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el Informe de Fondo del Caso 12.626, Jessica Lenahan (anteriormente Jessica Gonzales), Estados Unidos, que aborda los deberes del Estado de responder a situaciones de violencia doméstica con medidas diligentes de protección.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó el Informe de Fondo del Caso 12.626, Jessica Lenahan (anteriormente Jessica Gonzales), Estados Unidos, que aborda los deberes del Estado de responder a situaciones de violencia doméstica con medidas diligentes de protección.

Fuente: http://www.ponfinalaviolencia.org/2011/09/05/la-cidh-insto-a-eeuu-a-investigar-caso-de-violencia-domestica/

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