Por: DEMUS

Sentenciadas por terrorismo fueron sometidas a inspección vaginal en presencia de efectivos policiales
Fiscal a cargo avaló la vulneración que configura delito de violación sexual

Investigación y sanción a los responsables de la violación sexual perpetrada mediante inspecciones vaginales contra reclusas del penal Santa Mónica, exigió la organización DEMUS con el fin de evitar la impunidad de esta vulneración de los derechos humanos de las mujeres.

La abogada Diana Portal recordó que la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Castro Castro[1][1] estableció que las inspecciones vaginales dactilares a la que fue sometida una reclusa por varios agentes constituye delito de violación sexual según el derecho penal internacional y el derecho penal comparado.

“Pese a ello, el Estado vuelve a incurrir en estas prácticas violatorias de derechos humanos. Además según nuestro Código Penal la violación sexual implica no solo una relación sexual sin consentimiento por vía vaginal, sino actos de penetración vaginal o anal contra la voluntad de la víctima, mediante el uso de otras partes del cuerpo del agresor o de objetos”, sostuvo la representante feminista.

Remarcó que DEMUS exige investigar para establecer responsabilidades por esta grave vulneración a los derechos humanos que no deben repetirse ni quedar impunes. Ningún ser humano –subrayó- pierde tal condición aún en contextos de reclusión, por ello las mujeres procesadas y sentenciadas tienen derecho a ser respetadas en su libertad sexual e integridad.

Como se recuerda, el 24 de junio último se realizó -con la presencia del director y subdirector del Instituto Nacional Penitenciario y de una fiscal- una requisa en el pabellón No 2 del penal Santa Mónica donde entre otras reclusas se encuentran las sentenciadas por terrorismo.

El hecho se difundió como una acción de seguridad en momentos en que se hablaba de un supuesto rebrote senderista en las universidades, el mismo que diversos analistas consideraron un psicosocial. Sin embargo, la cobertura mediática de la diligencia no evidenció la realización de inspecciones vaginales a las internas “en condiciones inequívocamente vejatorias” como señala en su documentado informe la última edición de IDL Reporteros[2][2]

Allí se recoge el testimonio de Maritza Garrido Lecca quien sostiene que fue revisada tres veces sin los cuidados correspondientes y frente a policías varones ubicados en su celda. “Y lo increíble es que al quejarme ante la fiscal me ignoró y le dijo al personal del Inpe-Goes: Actúe, actúe, actúe”, declaró a IDL Reporteros.

Diana Portal afirmó que para lograr ser un país que no repite la violación de derechos humanos y donde éstos son plenamente respetados, es necesario tener normas, políticas nacionales y un sistema de justicia que garanticen a su población, en especial a las mujeres, el cese del control y uso de los cuerpos y sexualidad para intimidar, manipular y humillar sea en el ámbito familiar, comunitario o estatal, como todavía viene ocurriendo.

Mayor información: Mariela Jara: 986 264356 / Carla de la Quintana: 993 978935 18 Agosto 2010

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1) Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Penal Miguel Castro Castro v Perù. Sentencia del 25 de noviembre del 2008
2) http://idl-reporteros.pe/2010/08/12/requisa-psicosocial/

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