CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PATMOS

SERVICIOS

Ofrecemos un servicio profesional de conciliación extrajudicial para solucionar con prontitud y calidad tus conflictos, y así forjar una Cultura de Paz en el Perú. Somos especialistas en materia civil, comercial, familiar y en contrataciones con el Estado.
Go to ASESORÍA A CIUDADANOS, ABOGADOS E INSTITUCIONES

ASESORÍA A CIUDADANOS, ABOGADOS E INSTITUCIONES

Absolvemos dudas y preguntas de nuestros clientes, con relación a sus conflictos y conciliaciones. Ayudamos con la redacción de las solicitudes de conciliación, y las recogemos del domicilio. Tarifas corporativas para Estudios de Abogados, Centros de Cobranza, Empresas con carteras de clientes, Instituciones públicas y privadas, con atención personalizada. Brindamos consultaría sobre todo lo relacionado con la práctica de la conciliación.

Go to CONCILIACIÓN CIVIL Y COMERCIAL

CONCILIACIÓN CIVIL Y COMERCIAL

La dinámica de la vida, en el ámbito de las relaciones interpersonales, nos involucra en situaciones difíciles y conflictivas que debemos aprender afrontar con éxito. Te ayudamos, con personal experto y de mucha trayectoria, a solucionar tus conflictos sobre: desalojo, pago de alquileres, indemnización de daños y perjuicios, tercerías, división y partición, resolución de contrato, ofrecimiento de pago, obligación de dar suma de dinero, otorgamiento de escritura pública, etc.

CONCILIACIÓN ESPECIALIZADA EN FAMILIA

La familia, en especial los hijos, merecen especial cuidado y protección. Las dificultades en la relación de pareja no deben poner en peligro la unidad familiar basada en la fundamental relación progenitor-hijo. Te ayudamos, con abogados especialistas en el derecho de familia y psicólogos, a alcanzar una solución integral a tus conflictos familiares: tenencia, pensión de alimentos, régimen de visitas y otras materias conciliables.

Go to CONCILIACIÓN CON EL ESTADO

CONCILIACIÓN CON EL ESTADO

La contratación con el Estado es una práctica común e importante. Las entidades y los contratistas necesitan atender sus diferencias y conflictos de una manera pronta, económica y segura en temas como: resolución de contrato, ampliación del plazo contractual, recepción y conformidad, valorizaciones o metrados, liquidación de contrato, obligaciones posteriores al pago, pagos, resarcimiento de daños y perjuicios, vicios ocultos, otros.

GRANDES MENSAJES EN PEQUEÑAS FRASES DIGNAS DE REFLEXIÓN: “Ojo por ojo y el mundo acabará ciego”; "No hay camino para la paz, la paz es el camino"; "Odia el pecado, pero ama al pecador"; ""Ganamos justicia más rápidamente si hacemos justicia a la parte contraria"; "Lo que se obtiene con violencia, solamente se puede mantener con violencia"; "Cuida tus pensamientos, porque se convertirán en tus palabras. Cuida tus palabras, porque se convertirán en tus actos. Cuida tus actos, porque convertirán en tus hábitos. Cuida tus hábitos, porque se convertirán en tu destino". (Mahatma Gandhi).

características y ventajas de la conciliación extrajudicial

La conciliación es una práctica ética con importantes consecuencias jurídicas. Es la forma racional y pacífica de gestionar los conflictos sobre la base de la necesaria y fácil actitud de escuchar para comprenderse.
Versatil, amigable, confidencial, económica, rápida y segura, todo eso y más es la Conciliación Extrajudicial

La conciliación se inicia con una solicitud verbal o por escrito. Si nos visita nosotros le ayudamos a redactarlo. Ingresada la solicitud se cursa una invitación a las partes para una audiencia en nuestro Centro de Conciliación. Las partes pueden participar en la audiencia solas o acompañadas de un abogado o persona de su confianza. En la audiencia participa también un conciliador, quien está acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos como alguien entrenado y capacitado para ayudar a las partes a superar sus conflictos y diferencias. El conciliador promueve el diálogo, con imparcialidad y neutralidad conduce la audiencia, asegura el orden y el respeto durante la reunión, sugiere soluciones y vela por el cumplimiento del marco legal que regula conciliación. El núm. 1, del Art. 43 del Reglamento de la Ley de Conciliación (aprobado por el D.S 014-2008-JUS), establece como función específica del conciliador: “Facilitar el diálogo entre las partes, permitiendo que se expresen con libertad y se escuchen con respeto”. Tolerancia es lo que al conciliador se le invoca promover y garantizar. Sin embargo, la tolerancia no corrige las asimetrías sociales, o las que simplemente se dan entre quien tolera (la irresponsabilidad de quien no le paga varios meses de arriendo), y quien es tolerado (la del que no puede pagar el arriendo porque ha sido despedido intempestivamente del trabajo o simplemente no quiere pagar). Al respecto, se debe tomar en cuenta lo establecido en el núm. 1, del Art. 2 del Reglamento, sobre la equidad: “El Conciliador está obligado a generar condiciones de igualdad para que los conciliantes puedan lograr acuerdos mutuamente beneficiosos”. Tolerancia y equidad son dos principios de plena actualidad en la ética contemporánea, e indispensables en la conciliación extrajudicial.

  • TOLERANCIA

  • EMPATÍA

  • DIÁLOGO

  • EQUITATIVO

ARCHIVOS – TEMAS DE INTERÉS

PUBLICACIONES

Suscribirse por correo

Completamente libre de spam, retírate en cualquier momento.

0 subscribers

Most voted

ciudadanos que ayudan a otros ciudadanos a solucionar sus conflictos

Un staf de profesionales y conciliadores extrajudiciales a tu servicio para atender tus necesidades legales y forjar, juntos, una Cultura de Paz en el Perú.

JESSICA AZABACHE

DIRECTORA
Abogada, con estudios de maestría en Gestión Pública. Con una trayectoria en la dirección de centros de conciliación y centros de formación de conciliadores extrajudiciales.

ELENA ESCAMILO

SECRETARIA GENERAL
Abogada especialista en derecho civil con amplia experiencia en la administración de centros de conciliación y ejercicio de la función conciliadora.

CARLOS CASTILLO

ABOGADO
Abogado y magister en filosofía. Con dieciocho (18) años de ejercicio de la labor conciliatoria: como Conciliador Extrajudicial y Especializado en Familia, Director del Centro de Conciliación, Capacitador Principal en Cursos de Conciliación, y, Director de Centro de Capacitación de Conciliadores.

LUIS CASTILLO

CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL
Conciliador Extrajudicial con muchos años de ejercicio de la función conciliadora y experiencia en la gestión y manejo administrativo de un centro de conciliación.

NUESTRA DECLARACIÓN DE PROPÓSITOS

Porque una persona, incluso una institución, se define por sus prioridades y fines en la vida, compartimos contigo nuestra Misión, Visión e Ideario institucional.

descubre con NOSOTROS el FASCINANTE universo de la conciliación extrajudicial

Publicaciones - Eventos Académicos - Consejos - Actividades - Legislación - Links de interés

Contáctanos

Déjanos ayudarte con tu conflicto. El mal no reside en el conflicto si no en la actitud insensata ante él.