[Visto: 13450 veces]

 

Por: Carmen del Pilar Robles Moreno y
Francisco Ruíz de Castilla Ponce de León.

1. Introducción:

Señala el artículo 27º del Código Tributario que la Obligación Tributaria se extingue por los siguientes medios: i)Pago, ii)Compensación, iii) Condonación, iv)Consolidación, v) Resolución de la Administración TRibutaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa y vi)Otros que se establezcan por leyes especiales.

En esta oportunidad haremos algunos comentarios sobre la compensación, la condonación y la consolidación.

Asimismo, trataremos lo concerniente a la deuda tributaria, ya que como sabemos la Obligación Tributaria es una relación jurídica que se establece por la ley entre dos sujetos, un acreedor (el Estado) y el deudor (sujeto pasivo en calidad de contribuyente o en calidad de responsable) que tiene por objeto el pago de la deuda tributaria.

Descargar<%media(20100521-Medios de extincion de la OT parte I.pdf|aqui

Puntuación: 3.86 / Votos: 56