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La no reelección no combatirá la corrupción

Publicado en la edición impresa de la revista La Ley, Año I, número 10, Abril 2015, Gaceta Jurídica S.A., p. 30; y, posteriormente, en la edición web de la Ley.

A partir de una reciente reforma constitucional, los presidentes (gobernadores) regionales y los alcaldes solo podrán tentar la reelección luego de transcurrido un periodo de gobierno desde la última vez que detentaron el cargo, tal como ocurre con el Presidente de la República. Reactivamente, se ha hablado también de la posibilidad de proscribir la reelección inmediata de congresistas. Al respecto, considero importante distinguir entre dos tipos de cargos:

  • Cargos ejecutivos, que permiten la conducción de diversos niveles de gobierno (nacionales o sub nacionales), como el presidente de la República, los presidentes (ahora gobernadores) regionales y los alcaldes (provinciales y distritales).
  • Cargos de representación, que conforman los órganos colegiados en cada uno de los niveles de gobierno, como los congresistas de la República, los consejeros de los consejos regionales y los regidores de los concejos municipales.

Hay sustanciales diferencias respecto de la posibilidad de ejercer poder efectivo entre los cargos ejecutivos y los representativos, que justifican que se les brinde un tratamiento distinto sobre la posibilidad de ser reelectos. » Leer más

Actuales autoridades regionales y municipales no podrán reelegirse el 2018

Nota de La Ley (edición web), viernes 6 de marzo de 2015.

TRES ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN SERÁN MODIFICADOS. Pleno del Congreso ratificó la aprobación de la reforma constitucional que impide la reelección inmediata a presidentes y vicepresidentes regionales, además de alcaldes municipales. Nueva disposición fija además que estas dos primeras autoridades sean denominadas “gobernadores” y “vicegobernadores” regionales.

Por: Ana Bazo Reisman

No más gobernantes atornillados al cargo. A partir de las próximas elecciones regionales y municipales del  2018, ningún presidente o vicepresidente regional ni tampoco alcalde municipal cumpliendo funciones en la actual gestión podrá postular para acceder al poder por vez consecutiva. Así lo dispone la nueva reforma constitucional aprobada por el Congreso como parte de los próximos cambios que se vendrán en materia electoral pendientes de discusión en la presente legislatura.

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