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A la caza de “golondrinos”. Acciones de los organismos electorales contra el fraude al Registro Electoral

Una de las amenazas que pueden afectar los resultados de los procesos electorales es la presencia de los denominados “electores golondrinos”, es decir, de aquellos que cambian su domicilio a una circunscripción (distrito, provincia o región) distinta a la de su residencia habitual con el propósito de incidir en el resultado de los comicios. Este fenómeno se produce, especialmente, en la elección de autoridades locales (elecciones municipales) en distritos rurales o de relativamente poca población electoral.

Además de constituir un atentado directo contra la democracia al torcer la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas, dicha práctica ha sido expresamente tipificada como delito de fraude al Registro Electoral por la Ley N.º 29287 (publicada el 06 de diciembre de 2008), que incluye un numeral 8 al artículo 359 del Código Penal, estableciendo una pena de entre dos y ochos años de pena privativa de libertad al que, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cambio de domicilio o induce a realizarlo a una circunscripción distinta al de su residencia habitual, induciendo a error en la formación del Registro Electoral.

Este fenómeno también se presenta en otros países. Por solo poner un ejemplo, en Colombia a este mismo delito se le conoce como trashumancia, trasteo de votos o fraude en inscripción de cédulas, tipificado por el artículo 389 del Código Penal colombiano en los siguientes términos:

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El verdadero problema de la democracia electoral venezolana

Publicado en la web de noticias Spacio Libre (24 de abril de 2013 y 02 de mayo de 2013)

 

Qué duda cabe que la democracia electoral venezolana tiene serios problemas. Tantos que está en cuestión su carácter democrático. Pero esos problemas no se encuentran en los aspectos que insistentemente se están señalando estos días por quienes no aceptan o ponen en duda el resultado de la elección presidencial del 14 de abril.

Se dice que habría existido fraude electoral, en el sentido que el resultado de lo votado por los venezolanos mediante las máquinas de votación habría sido cambiado para dar por ganador al candidato oficialista Nicolás Maduro, arrebatándole el triunfo al candidato opositor Henrique Capriles.

Ante esa convicción se exigió que se proceda al “recuento” del 100% de los votos, completando el 53% que ya se había realizado en los centros de votación el mismo día de la elección, como propuso Vicente Díaz, uno de cinco rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE). En un momento incluso el propio Maduro aceptó tal posibilidad, aunque a las pocas horas se retractó. Tras varios días de tensión, finalmente el CNE aceptó hacer dicho “recuento”.

Sin embargo, no existe en el sistema de votación electrónica venezolano posibilidad de hacer un nuevo escrutinio de los votos. El denominado “recuento” es una auditoría que consiste en contrastar el resultado del escrutinio automatizado realizado por la maquina de votación con las constancias de votación (vouchers) que los electores depositan en una caja tras emitir su voto, con el objeto de verificar que el resultado del escrutinio electrónico coincide con el conteo de los vouchers.

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