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Publicado en EL COMERCIO, lunes 13 de mayo de 2013, pág. a4

Fuente: El Comercio, lunes 13 de mayo de 2013, p. a4

PROPUESTA. Pasará a la historia el acopio manual de firmas de los ciudadanos que están a favor de la revocación de alguna autoridad.

 

El JNE, la ONPE y el Reniec proponen modificar el porcentaje de votación requerido para sacar de su puesto a una autoridad. 

El Congreso evalúa cambiar el trámite para la revocación de autoridades edilicias y regionales. El sistema electoral en su conjunto y Gana Perú han elaborado propuestas para que esta consulta popular no sea una herramienta de venganza política.

 

Por: Jorge Saldaña Ramírez

¿Cuántas autoridades públicas han sido revocadas durante los últimos 15 años? Cerca de un millar de regidores y 277 alcaldes (la mayor parte distritales y pocos provinciales), según el politólogo Fernando Tuesta Soldevilla en su blog Politika.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identidad [SIC. Lo correcto es "Identificación"] y Estado Civil (Reniec) han preparado un proyecto de ley para corregir el trámite y aprobación de un proceso de revocación.

¿En qué consiste? Según conoció ayer El Comercio, la iniciativa legislativa plantea eliminar las nuevas elecciones para sustituir a las autoridades revocadas. Las fuentes electorales consultadas refirieron que con esta medida se eliminaría una de las razones para revocar autoridades locales.

El otro alcance del proyecto apunta a modificar la votación que se requiere para defenestrar a alguna autoridad municipal o regional. La Ley de Participación Ciudadana dice que hay revocación si se registra una votación favorable equivalente a la mitad más uno de los votos válidamente emitidos. La propuesta en ciernes plantea que la revocación proceda cuando se pronuncie la mitad más uno del total de electores del padrón electoral. En otras palabras, si esto se hubiese aplicado en la consulta popular del 17 de marzo en Lima, ninguno de los regidores metropolitanos habría sido destituido.

El proyecto de los entes integrantes del sistema electoral sugiere eliminar el límite de las 400 mil firmas requeridas para tramitar la revocación. Lo que se propone es que el tope sea uniforme en el ámbito nacional y equivalente al 25% de firmas del padrón.

Otro detalle de la iniciativa es que incluye un novedoso sistema de recolección de firmas. Se pasaría del actual formato de llenado manual de planillón al mecanismo de adhesión biométrica. O sea, la verificación electrónica del ciudadano que está a favor de la revocación. Con ello se eliminaría, por ejemplo, la falsificación de adherentes a la consulta popular.

Gana Perú: cambios puntuales

El partido de gobierno Gana Perú también plantea cambios de fondo a la Ley de Participación Ciudadana. Además de los temas reseñados líneas arriba, añade elementos que serán discutidos en la Comisión de Constitución.

Por ejemplo, sugiere que los próximos procesos revocatorios respondan, de manera estricta, al mejoramiento de la gestión. Si esto se aprueba, se acabará el revocar por revocar, alerta el autor de la propuesta, el oficialista Rogelio Canches.

“Hoy el que pierde una elección es el primero en buscar la revocación. Se revoca por revocar y se pierde tiempo y dinero”, dijo.

Estas iniciativas legales serán estudiadas en la Comisión de Constitución. Según el cronograma de ese grupo de trabajo, estos y otros cambios electorales se aprobarán al 15 de junio.

PUNTO DE VISTA

La tecnología al servicio de un derecho

CARLO MAGNO SALCEDO (Catedrático de la UNMSM)

Entre todos los mecanismos de democracia directa (referéndum, iniciativas legislativas, revocación, remoción y rendición de cuentas), la revocación es la que más se ejerce, y se ha consolidado como el derecho de participación ciudadana por excelencia en nuestro sistema político.

Aunque la revocación debe servir como válvula de escape para canalizar institucional y democráticamente conflictos sociopolíticos que, de otro modo, podrían resolverse a través de la violencia, como ocurrió en el 2004 con el asesinato del alcalde de Ilave (Puno) por una turba; es verdad que ha tenido manifestaciones perversas que desvirtúan sus fines. Estas han sido impulsadas generalmente por los opositores políticos de la autoridad y muchas veces con fines subalternos y haciendo uso de prácticas vedadas.

Por lo dicho, hay un consenso casi unánime sobre la necesidad de hacer ajustes. De allí que uno de los temas de la agenda de la reforma política es perfeccionar el ejercicio de este derecho. En ese contexto, los tres organismos electorales (JNE, ONPE y Reniec), en un hecho sin precedentes e inaugurando una nueva forma de relacionarse, han consensuado una propuesta de una nueva Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.

Uno de los aportes es incorporar la tecnología biométrica para que los ciudadanos manifiesten su adhesión a la solicitud de revocación, así como a los otros derechos de participación y control que permitiría verificar inmediata e indubitablemente, en el momento mismo de la adhesión, la verdadera identidad de los ciudadanos mediante sus huellas dactilares.

El Reniec abriría un registro de adherentes biométrico por cada solicitud, en que se registraría en línea a los adherentes hasta completar el número mínimo exigido en cada caso. Esto sustituiría prácticas vedadas como la presentación de firmas falsas o si firmaron por presión o por haber recibido dádivas en una especie de “mercado negro de firmas”.

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Publicado en Diario16, viernes 22 de marzo de 2013

Fuente: Diario 16

Por: Luis García Rojas

La consulta de revocatoria en Lima ha evidenciado las serias deficiencias con las que ha venido funcionando hasta el momento. El miércoles, el gobierno incluso expresó su disconformidad con esa figura porque en algunas zonas del país ha representado un factor de desestabilización democrática. ¿Sigue siendo viable la revocatoria en una democracia como la peruana?

Si bien nadie ha planteado seriamente su eliminación de la Constitución –hacerlo, además, sería complicado–, diversas entidades democráticas ya han señalado la necesidad de reformarla profundamente. El mismo presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara, dijo ayer que ya prepara una propuesta que será alcanzada al Congreso.

Según fuentes cercanas a los organismos electorales, el JNE ya coordina con el RENIEC y la ONPE para alcanzar una reforma a la revocatoria dentro de una nueva propuesta de código electoral. Este nuevo documento reemplazará al que alcanzó el anterior jefe del JNE, Hugo Sivina, a la Comisión de Constitución del Congreso, el cual, por cierto, nunca fue consensuado con los otros organismos electorales.

Estas coordinaciones empezarían a concretarse la próxima semana y se espera que la nueva propuesta esté lista en un tiempo bastante corto.

En Ideeleradio, Távara incluso dijo que las coordinaciones alcanzarán a la Defensoría del Pueblo, a Transparencia y a los partidos políticos.

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Nota informativa de Radio Uno (Tacna), a partir de entrevista que se me hizo horas antes que el Movadef haga pública su decisión de desistirse de su pretensión de inscribirse como partido político. [Los errores de redacción son propios de la nota].

Fuente: Perú.21


El Politólogo, Carlos Magno Salcedo manifestó que el Jurado Nacional de Elecciones tiene fundamentos legales para ratificar la resolución que emitió en contra del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (MOVADEF) al querer inscribirse como Partido Político.

Creado por: Lisbeth Yáñez


“El JNE va a confirmar esta resolución seguramente, no vemos porque no vaya a ser así”.

Precisó que el MOVADEF se acoge a los principios antidemocráticos, violentitas y contrarios a la ley de partidos políticos que dice que los Partidos deben tener entre sus fines, generar una cultura democrática, respetuosos de los derechos humanos y todos estos principios y valores son contrarios a los de Gonzalo, teniendo pleno conocimiento de lo que significo el pensamiento Gonzalo que justificó los actos violentitas y de muerte y los mas afectados fueron los más indefensos del país, victimas civiles con que se ensaño Abimael Guzmán y que en su tiempo la Corte Suprema lo tituló como acción de terrorismo y masacre, en base a esos hechos y a la comisión de la verdad y reconciliación que ha dado cuenta de las atrocidades que ha cometido Abimael Guzmán, es que el JNE debe ratificar la resolución en contra de MOVADEF.
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Publicado en EL COMERCIO, martes 31 de enero de 2012, pág. a6

Fuente: El Comercio.


JNE PROPONE PRESENCIA EFECTIVA DE AFILIADOS MÁS QUE SIMPLES ADHERENTES

Proyecto también sugiere aumentar número de comités para lograr registro.

Existe consenso para realizar una modificación electoral integral.


Por: Carlos Novoa


El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Hugo Sivina, explicó ayer en el Congreso los alcances de la reforma integral de la legislación electoral propuesta por su entidad.

Ante un subgrupo de trabajo de la Comisión de Constitución, Sivina afirmó que el proyecto plantea como requisito previo para la inscripción de una organización política la verificación del compromiso del ciudadano. Ello implica reemplazar la figura de adherentes (simples firmas) por la presencia efectiva de afiliados (0,5% con respecto al último padrón electoral).
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Categoría: Partidos políticos
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En nuestro post anterior comentamos los alcances de la sentencia del 27 de setiembre, expedida en el Exp. 0002-2011-PCC/TC (STC), a través de la cual el Tribunal Constitucional (TC) resolvió el proceso competencial promovido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), respecto de la franja electoral y la supervisión de las finanzas de las organizaciones políticas, funciones previstas en la Ley de Partidos Políticos, Ley N.° 28094 (LPP).

En dicho post señalamos que, respecto de la flanja electoral, el TC le dio la razón a la ONPE al resolver que dicho organismo es competente para regular todos los aspectos relacionados con su implementación y ejecución en todo proceso electoral; sin perjuicio de las competencias fiscalizadoras, supervisoras y jurisdiccionales que le corresponden al JNE. Sin embargo, respecto de la otra cuestión, precisamos que, aunque el TC reconoce que es competencia de la ONPE supervisar o realizar el control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas, también hace hincapié en que es competencia del JNE, fiscalizar y supervisar el ejercicio de la competencia de control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas ejercida por la ONPE; por consiguiente, ésta tiene la obligación constitucional de remitir los informes y documentos que el JNE le requiera para el debido ejercicio de tal supervisión.

Además de lo señalado, a través de dicha STC, el TC realiza algunas precisiones que consideramos importantes respecto de las funciones o competencias constitucionales del JNE.
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Fuente: http://www.larepublica.pe



Mediante sentencia de fecha 27 de setiembre, expedida en el Exp. 0002-2011-PCC/TC, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió el proceso competencial promovido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante demanda presentada el 11 de febrero pasado, a través de la cual la ONPE pretendía lo siguiente:

a) Que se le reconozca la competencia para regular íntegramente todo lo relativo a la franja electoral prevista en la Ley de Partidos Políticos, Ley N.° 28094 (LPP), y, en consecuencia, que se declare nulo el Reglamento de Franja Electoral para las Elecciones Generales 2011[259clicks], aprobado por el JNE mediante Resolución N.° 031-2011-JNE.

b) Que se le reconozca la competencia exclusiva para supervisar los fondos y recursos de las organizaciones políticas, y, en consecuencia, que se declare nulo el Reglamento de la Supervisión del Cumplimiento de las Normas sobre Financiamiento de las Organizaciones Políticas[162clicks], aprobado por el JNE mediante Resolución N.° 032-2011-JNE.
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Publicado en LA REPÚBLICA - EL GRAN SUR, jueves 17 de febrero de 2011, p. 22.



CREDIBILIDAD MELLADA. SEGÚN ANALISTAS, VOCACIÓN DE SERVICIO NO ES PRINCIPAL INTERÉS PARA TENTAR CURUL

El celo excesivo del Jurado nace de la falta de rigor de de algunos sondeos, cuyos resultados, aunque errados, pueden influir a la hora de votar.


Por: Giuliana Retamozo. Arequipa


Las encuestadoras lograron que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) retrocediera en su intento de exigir información personal de los encuestados. Pero azuzó las dudas que siempre existen sobre la credibilidad de los resultados de dichos sondeos.

¿Las encuestas son confiables? En las últimas elecciones regionales y municipales hubo una “encuestitis”, traducida en que la mayoría de estudios arrojaron resultados distintos sobre tendencia del voto del electorado. Incluso estos síntomas se muestran ahora que vivimos una coyuntura política por los comicios generales (ver resultados en la infografía al final del texto).

¿Puede una encuesta variar abismalmente de otra? ¿Cómo reconocer a una que pueda sufrir presiones o esté direccionada? El especialista en temas electorales, Carlo Magno Salcedo, explicó que las empresas dedicadas a estas investigaciones pueden compararse con cualquier producto. Siempre hay buenos y malos. “En cualquier actividad, hay empresas serias y otras no. Precisamente, los resultados de las encuestadoras serias siempre coinciden. Y es que existe un conjunto de empresas (encuestadoras) que hacen un trabajo serio y otras en virtud a políticos y gobernantes. Pero al final, cada empresa de opinión se gana su prestigio”, refirió.
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Publicado en EL COMERCIO, lunes 14 de febrero de 2010, pág. a10

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EDUCACIÓN EN VÍSPERAS DE LAS ELECCIONES

Estudiantes sanmarquinos promueven el civismo.

Especialistas del JNE dictan cursos gratuitos en la ciudad universitaria.


Por: Eldy Flores Tello


Mientras la mayoría de jóvenes de su edad aprovecha las vacaciones y el verano para darse un chapuzón en las playas o irse a bailar; Kristell, Miguel y Carlos Andrés, que frisan los veinte años de edad, se visten con traje formal para recibir a los primeros inscritos en uno de los cuatro cursos que su agrupación estudiantil ha organizado, en vísperas de las elecciones presidenciales y congresales.

Administración Pública y Reforma del Estado; Martes Electorales; Actualización en Ciencia Política; y Márketing Político son los cursos que se dictan, gratuitamente, de lunes a jueves, en la Escuela de Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, desde el pasado 24 de enero.
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Publicado en DIARIO 16, lunes 27 de diciembre de 2010, p. 2.

Fuente: www.diario16.com.pe

ESTÁ PROHIBIDO DE ACUERDO A LA LEY ELECTORAL, ADVIERTEN EXPERTOS

Por: Vilma Escalante - vescalante@diario16.com.pe


A colación de los recientes hechos protagonizados por el presidente Alan García y su entorno en contra de la norma electoral y a favor de la candidata presidencial del Apra, Mercedes Aráoz, expertos en el tema recordaron al Gobierno que está impedido de realizar publicidad estatal en ninguna de sus formas, con excepción de aquella que tiene un carácter de necesidad o utilidad pública.

El primero en hacerlo fue Carlo Magno Salcedo, ex jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), quien enfatizó que ya comenzó el periodo en el cual el Estado debe dejar de hacer publicidad que no sea de necesidad pública.

Salcedo, quien dejó la ONPE hace un mes, explicó que todo anuncio que tenga que ver con obras tendría que ser suspendido, ya que los candidatos que ocuparon cargos públicos suelen recordárselas a la población. O en este caso, la candidata presidencial del Apra puede resultar beneficiada con la publicidad del actual Gobierno.

El experto recordó que, desde la convocatoria a las elecciones generales del 2011, quedó prohibida la publicidad estatal en cualquier medio de comunicación público o privado. El pasado 4 de diciembre el presidente Alan García convocó a las elecciones.
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Lourdes Flores reconociendo su nueva derrota electoral. Fuente: www.diariolaprimeraperu.com

Durante la conferencia de prensa, del 26 de octubre pasado, en que Lourdes Flores Nano reconoció su derrota ante su contendora Susana Villarán, aunque manifestó ser respetuosa de las resoluciones de los órganos del Estado responsables de la justicia electoral: los jurados electorales especiales (JEE) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), cuestionó el hecho que estos hayan validado un gran número de actas electorales observadas, especialmente aquellas que no contaban con todas las firmas y huellas digitales de los miembros de mesa, dando a entender que si estas actas se hubieran anulado, otro hubiese sido el resultado.

Según la ex candidata, al haber sido el propio JNE el que determinó, a través de la Resolución N.º 1717-2010-JNE (que aprueba el Reglamento del Procedimiento aplicable a las actas observadas para las Elecciones Regionales, Municipales y Referéndum Nacional para la aprobación o desaprobación del “Proyecto de Ley de Devolución de Dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo” del año 2010) que tales actas electorales debían ser observadas, dicho organismo debió anularlas, y que al no hacerlo habría violado sus propias normas, sentando un preocupante precedente.
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