Artículos con la etiqueta ONPE
Publicado en EL COMERCIO, lunes 13 de mayo de 2013, pág. a4

PROPUESTA. Pasará a la historia el acopio manual de firmas de los ciudadanos que están a favor de la revocación de alguna autoridad.
El JNE, la ONPE y el Reniec proponen modificar el porcentaje de votación requerido para sacar de su puesto a una autoridad.
El Congreso evalúa cambiar el trámite para la revocación de autoridades edilicias y regionales. El sistema electoral en su conjunto y Gana Perú han elaborado propuestas para que esta consulta popular no sea una herramienta de venganza política.
Por: Jorge Saldaña Ramírez
»Leer más22/mar/2013: JNE prepara propuesta para reformar revocatoria
Publicado en Diario16, viernes 22 de marzo de 2013

Por: Luis García Rojas
La consulta de revocatoria en Lima ha evidenciado las serias deficiencias con las que ha venido funcionando hasta el momento. El miércoles, el gobierno incluso expresó su disconformidad con esa figura porque en algunas zonas del país ha representado un factor de desestabilización democrática. ¿Sigue siendo viable la revocatoria en una democracia como la peruana?
Si bien nadie ha planteado seriamente su eliminación de la Constitución –hacerlo, además, sería complicado–, diversas entidades democráticas ya han señalado la necesidad de reformarla profundamente. El mismo presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara, dijo ayer que ya prepara una propuesta que será alcanzada al Congreso.
Según fuentes cercanas a los organismos electorales, el JNE ya coordina con el RENIEC y la ONPE para alcanzar una reforma a la revocatoria dentro de una nueva propuesta de código electoral. Este nuevo documento reemplazará al que alcanzó el anterior jefe del JNE, Hugo Sivina, a la Comisión de Constitución del Congreso, el cual, por cierto, nunca fue consensuado con los otros organismos electorales.
Estas coordinaciones empezarían a concretarse la próxima semana y se espera que la nueva propuesta esté lista en un tiempo bastante corto.
En Ideeleradio, Távara incluso dijo que las coordinaciones alcanzarán a la Defensoría del Pueblo, a Transparencia y a los partidos políticos.
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En nuestro post anterior comentamos los alcances de la sentencia del 27 de setiembre, expedida en el Exp. 0002-2011-PCC/TC (STC), a través de la cual el Tribunal Constitucional (TC) resolvió el proceso competencial promovido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), respecto de la franja electoral y la supervisión de las finanzas de las organizaciones políticas, funciones previstas en la Ley de Partidos Políticos, Ley N.° 28094 (LPP).
En dicho post señalamos que, respecto de la flanja electoral, el TC le dio la razón a la ONPE al resolver que dicho organismo es competente para regular todos los aspectos relacionados con su implementación y ejecución en todo proceso electoral; sin perjuicio de las competencias fiscalizadoras, supervisoras y jurisdiccionales que le corresponden al JNE. Sin embargo, respecto de la otra cuestión, precisamos que, aunque el TC reconoce que es competencia de la ONPE supervisar o realizar el control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas, también hace hincapié en que es competencia del JNE, fiscalizar y supervisar el ejercicio de la competencia de control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas ejercida por la ONPE; por consiguiente, ésta tiene la obligación constitucional de remitir los informes y documentos que el JNE le requiera para el debido ejercicio de tal supervisión.
Además de lo señalado, a través de dicha STC, el TC realiza algunas precisiones que consideramos importantes respecto de las funciones o competencias constitucionales del JNE.
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Mediante sentencia de fecha 27 de setiembre, expedida en el Exp. 0002-2011-PCC/TC, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió el proceso competencial promovido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante demanda presentada el 11 de febrero pasado, a través de la cual la ONPE pretendía lo siguiente:
a) Que se le reconozca la competencia para regular íntegramente todo lo relativo a la franja electoral prevista en la Ley de Partidos Políticos, Ley N.° 28094 (LPP), y, en consecuencia, que se declare nulo el Reglamento de Franja Electoral para las Elecciones Generales 2011[267clicks], aprobado por el JNE mediante Resolución N.° 031-2011-JNE.
b) Que se le reconozca la competencia exclusiva para supervisar los fondos y recursos de las organizaciones políticas, y, en consecuencia, que se declare nulo el Reglamento de la Supervisión del Cumplimiento de las Normas sobre Financiamiento de las Organizaciones Políticas[168clicks], aprobado por el JNE mediante Resolución N.° 032-2011-JNE.
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Lima, dic. 26 (ANDINA). Los candidatos presidenciales deben competir limpiamente dejando de lado eventuales insultos y agravios durante la campaña con miras a los comicios generales del 2011, resaltó el ex funcionario de la ONPE, Carlo Magno Salcedo.
“Siempre la invocación típica a los candidatos para que guarden la más absoluta neutralidad y compitan limpiamente”, comentó.
Asimismo, descartó cualquier posibilidad de fraude o manipulación electoral a favor de una determinada candidatura el próximo 10 de abril.
“La ciudadanía debe estar confiada en que los organismos electorales, y contando con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, sí garantizan que los procesos se realicen limpiamente”, afirmó.
Recordó que desde las elecciones del 2001, “desde que el Perú retornó a la democracia”, los procesos electorales son limpios y transparentes.
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18/oct/2010: ONPE obligada a acatar resoluciones de JEE (*)

Institución electoral responde a personero legal del PPC
Ante la denuncia del personero legal del Partido Popular Cristiano (PPC), José Luís Rodríguez, quien dijo que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe) estaba contabilizando los votos de las actas observadas pese a que los jurados electorales especiales continúan revisándolas y resolviéndolas, el asesor jurídico de la ONPE, Carlo Magno Salcedo, explicó a EXPRESO que su institución, sólo acató la orden del Jurado Especial Electoral (JEE), ya que los mandatos que emite este organismo tienen rango de resolución judicial.
Sin embargo, informó que la carta remitida por José Luís Rodríguez, ha sido trasladada al Jurado Nacional de Elecciones para que sea esta institución electoral, la que se encargue de analizarla y dar una respuesta ante la solicitud presentada.
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13/oct/2010: El vía crucis del voto electrónico

La demora en la entrega de los resultados definitivos de los comicios del 3 de octubre pasado, cuya principal causa inmediata fue el elevado porcentaje de actas electorales observadas que deben ser resueltas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) antes que puedan ser procesadas por la ONPE (situación que a su vez se debió a la incorrecta elaboración de las actas electorales por muchos miembros de mesa), ha puesto nuevamente sobre el tapete la necesidad de implementar el voto electrónico en nuestro país.
La votación electrónica, entre otras muchas ventajas, evitaría las actas observadas y permitiría tener resultados a pocas horas de concluido el sufragio. Al respecto, considero oportuno destacar, como lo he señalado en anteriores oportunidades (aquí y aquí), que hace varios años la ONPE viene realizando diversos esfuerzos y tiene todo listo para implementar el voto electrónico; objetivo que, no obstante, no puede lograr debido al vacío normativo que hay en la materia.
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Lima, ago. 10 (ANDINA).- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) definió hoy la ubicación que tendrán los partidos políticos en su respectivo bloque en las cédulas de sufragio a utilizarse en las elecciones regionales y municipales del 3 de octubre próximo.
El acto público de ubicación de las 24 organizaciones políticas de alcance nacional que participarán en los próximos comicios contó con la presencia de un notario público, así como de funcionarios del Jurado Nacional de Elecciones, la Defensoría del Pueblo y representantes de los partidos políticos.
De acuerdo al sorteo el orden preliminar de los partidos será el siguiente: Fuerza Nacional, Siempre Unidos, Partido Descentralista Fuerza Social, Partido Nacionalista, Cambio Radical, Unión Por el Perú, Acción Popular, Movimiento Nueva Izquierda y Somos Perú.
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23/mar/2010: ¿Quién pone la plata?
¿Qué ocurre cuando nuestras agrupaciones políticas omiten o manipulan información sobre sus fuentes de financiamiento en tiempos electorales? Nada. Nuestra Ley de Partidos es tan débil en materia de sanciones y los organismos electorales en el país hacen tan poco por promover reformas jurídicas que los próximos comicios corren el riesgo de ser un festín de maletas ocultas llenas de billetes y declaraciones financieras adulteradas.
Es como si nuestra democracia sufriera el indeseable mal de amores. Cada vez que pretende asentarse sobre la estabilidad política –o emocional– de un sistema de partidos sólido, los dirigentes de las agrupaciones hacen lo posible por sacarle la vuelta.
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Al respecto, en el mismo post precisamos que si bien el 20 de julio de 2005 se publicó la Ley N.° 28581, cuya Primera Disposición Complementaria autoriza a la ONPE para que implemente progresiva y gradualmente el voto electrónico, esa sola autorización no resultaba suficiente para lograrlo, debido a que la legislación electoral vigente, elaborada en función al voto manual, no contiene normas que puedan aplicarse a todas las características especiales del voto electrónico; motivo por el cual resultaba necesario adecuar determinados procedimientos electorales o expedir disposiciones especiales, si es que no a través de una ley, cuando menos a través de un reglamento de la mencionada norma legal (la disposición complementaria que autoriza a la ONPE a implementar el voto electrónico).
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