Solo funcionarios de alto rango deben renunciar si quieren postular las próximas elecciones

Nota informativa de Radio Uno (Tacna), 12 de octubre de 2015.

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Carlo Magno Salcedo aclara que los demás funcionarios solo deben pedir una licencia sin goce de haber 60 días antes de las elecciones.
Creado por: Radio Uno 

Carlo Magno Salcedo, experto en temas electorales, explica que la Ley Orgánica de Elecciones de la Ley Electoral, respecto a la postulación de funcionarios en ejercicio es clara acerca de quienes deben renunciar a sus cargos si quieren tentar un cargo en las próximas elecciones.

[Para postula a ser] Miembros del Congreso de la República, el parlamento Andino [o presidente de la República], [deben renunciar seis meses antes de la fecha de las elecciones  los siguientes altos funcionarios:] ministros, viceministros de Estado, Contralor general de la República, Autoridades Regionales (Gobernador y Consejeros), Miembros del Tribunal Constitucional, los Miembros del TC, Miembros del Poder Judicial y Ministerio Público (jueces y fiscales), miembros de los Organismos de Procesos Electorales (miembros del JNE y ONPE, RENIEC), Defensor del Pueblo, Superintendente de AFP´s, del Banco Central de Reserva, Superintendente de Banca y Seguros, Superintendente de ADUANAS, SUNAT, y miembros de las Fuerzas Armadas y PNP en actividad.

Para cualquier servidor del Estado existe la figura de la licencia sin goce de haber, la cual le debe ser concedida 2 meses (60 días) antes de las elecciones.

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