Los partidos políticos se informan de sus candidatos

Reproduzco el siguiente Informe del Instituto de Análisis y Comunicación Integración (del grupo RPP), en que se me incluye como uno de los especialistas consultados.

Integración_VUE_gráfico 1

El Pleno del Congreso aprobó la creación de una Ventanilla Única de Uso Electoral (VUE), una de las principales innovaciones del sistema electoral peruano que empoderaría a los partidos políticos con información sobre sus candidatos, como medida para evitar que se infiltre la corrupción en el Estado (1) . De hecho, 9 de cada 10 peruanos están de acuerdo con esta nueva herramienta de simplificación administrativa (2).

La VUE suministrará información a las organizaciones políticas respecto a los antecedentes de sus candidatos (ver gráfico 1), solo cuando estos la soliciten. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se encargaría de responder las consultas en un plazo máximo de diez días, en coordinación con las instituciones obligadas a remitir los datos.

Cabe señalar que la VUE no interfiere con la privacidad de los datos personales, pues establece una medida de control por la cual los partidos “deben guardar la debida reserva (…) bajo responsabilidad”. Ello impide, por ley, que estas agrupaciones divulguen el contenido de sus pedidos. Además la VUE, solo estaría a disposición durante los procesos electorales.

De hecho, en Colombia ya existe una VUE creada para las Elecciones Regionales del 2011, a cargo del Ministerio del Interior, que unifica información de antecedentes penales y fiscales de los candidatos (3). Ese año se atendieron 167 mil consultas y se detectaron 10,500 casos de personas que pretendían participar en el proceso electoral, pero que registraban antecedentes o tenían investigaciones en curso (4). Luego, para las elecciones generales del 2014, se incluyó información policial del extranjero y antecedentes disciplinarios (5).

Frenar la infiltración ilícita

La VUE es un importante filtro que pueden utilizar los partidos para conocer los antecedentes de sus candidatos. Sin embargo, como menciona Gerardo Távara, Secretario General de la Asociación Civil Transparencia, este acceso se podría extender a quienes financian las campañas electorales y las organizaciones partidarias.

Para ello sería necesario que la VUE tenga también acceso a información financiera de entidades como la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y la Contraloría General de la República, según Fernando Castañeda, Adjunto de Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo.

Con esta capacidad de información, se busca que los partidos no puedan inhibirse de la responsabilidad de haber aceptado dinero proveniente de actividades ilícitas, señala Távara. “Lamentablemente, la sociedad y la clase política todavía no han tomado conciencia sobre el tremendo riesgo que supone el financiamiento ilegal”.

Candidato limpio, partidos transparentes

Según Castañeda, la VUE es insuficiente para garantizar la transparencia de los partidos. Las entidades fiscalizadoras (como los organismos electorales) solo pueden verificar los datos que el partido político ponga a su disposición ya que para efectos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TAIP), los partidos son entidades privadas. Esto podría modificarse si se considera a los partidos políticos como sujetos obligatorios de la TAIP, por el innegable rol público que cumplen en la sociedad.

De hecho, el Tribunal Constitucional ha sentado precedentes al convertir en sujetos de la TAIP a otras organizaciones privadas, como cajas municipales, universidades, notarías o empresas que brindan servicios públicos. Según Castañeda, este es un primer paso para que se mencione expresamente a los partidos políticos en la TAIP, algo que sucede en países como Colombia, México y España.

POR UNA VENTANILLA DIGITAL: INTEROPERABILIDAD EN LA VUE GARANTIZADA POR LA RENIEC

El RENIEC ha propuesto que la VUE se administre a través de un sistema de acceso digital. Según Carlo Magno Salcedo, Asesor de la Jefatura Nacional del RENIEC, el JNE debe solicitar la creación de este sistema para que se pueda entregar la abundante información de manera automática. El objetivo es evitar que se recaiga en la entrega de documentación impresa a quienes realizan las consultas, lo que demoraría el proceso.

Para ello, se propone un módulo digital por el cual el partido podría acceder a la información en tiempo real (6). De hecho, como señala Danilo Chávez, Gerente de Tecnología de la Información del RENIEC, a pesar de ser un esfuerzo sin precedentes debido a la cantidad de datos que amerita, ya se cuenta con la infraestructura necesaria ya que el RENIEC proporciona información por una vía similar a las entidades que participan en la VUE (7).

Integración_VUE_RENIEC

AGRADECIMIENTOS:

  • Gerardo Távara, Secretario General de Asociación Civil Transparencia Perú.
  • Carlo Magno Salcedo, Asesor de la Jefatura Nacional del RENIEC.
  • Fernando Castañeda, Adjunto para los Asuntos Constitucionales – Defensoría del Pueblo.
  • Fernando Tuesta, profesor principal de Ciencias Políticas en la PUCP.
  • Danilo Chávez, Gerente de Tecnología de la Información del RENIEC.

(1) Exposición de motivos del Proyecto de Ley que crea la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral elaborado por el Congresista Luis Llatas Altamirano y presentado al Congreso el 26 de noviembre del 2014.

(2) Extraído de la encuesta del Instituto Integración, realizado en marzo del 2015 a 2200 personas en 18 regiones del país. El campo fue ejecutado en coordinación con la Compañía Peruana de Estudios de Mercado y Opinión Pública (CPI).

(3) Decreto número 2545 del Ministerio del Interior y Justicia de Colombia, 15 de julio del 2011.

(4) “Esperemos que las elecciones en Colombia sean ejemplares” publicado por El País Colombia el 2 de octubre del 2011.

(5) Decreto número 2786 del Ministerio del Interior de la República de Colombia, 29 de noviembre del 2013.

(6) Autógrafa de Ley que Crea la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral, Artículo 1: “(…) El JNE podrá solicitar al RENIEC soporte tecnológico para el funcionamiento de la Ventanilla Única” – Disposición Complementaria Primera: “JNE implementará mecanismos informáticos a fin de contar con información en tiempo real”.

(7) “Hacia la Reforma Electoral: La Ventanilla Única Electoral” informe elaborado por Carlo Magno Salcedo, Asesor de la Jefatura Nacional de la RENIEC para el Congreso de la República (23 de febrero de 2015).

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