La revisión judicial del procedimiento de ejecución coactiva

[Visto: 28050 veces]1. Introducción El presente trabajo tiene por finalidad comentar el artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS (en adelante LPEC), que establece como una causal de suspensión del procedimiento de ejecución coactiva la interposición de una demanda de revisión judicial. Antes de iniciar el análisis es necesario advertir que en la actualidad existen dos normas legales que regulan el procedimiento de ejecución…

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La suspensión del procedimiento de ejecución coactiva por seguirse la acción contra persona distinta al obligado

[Visto: 6927 veces]El obligado dentro de un procedimiento de ejecución coactiva resulta ser aquél que así ha sido declarado en un acto administrativo previo. Luego, nada tiene que agregar el ejecutor coactivo para ayudar a identificar al obligado, ya que éste  se encuentra pre determinado en el título de ejecución, al igual que la obligación a su cargo. No se trata entonces de discutir un aspecto de fondo, de identificar al “verdadero obligado” dentro de…

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La suspensión del procedimiento de ejecución coactiva de obligaciones tributarias por la interposición de un recurso o de una demanda contencioso administrativa

[Visto: 24080 veces]Esta causal se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 31° de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva (LPEC)[1] y se encuentra referida a las obligaciones de naturaleza tributaria. Es por eso que se hace mención a los recursos que se utilizan dentro del procedimiento contencioso tributario, tales como la reclamación ante la propia entidad que dictó el acto administrativo y la apelación ante el Tribunal Fiscal. No cabe hacer mención al…

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Régimen laboral del ejecutor coactivo 2

[Visto: 7020 veces]Comparto con ustedes el Informe N° 329-2012-SERVIR/GPGRH del 25 de setiembre de 2012 emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR ver detalle aquí. Debe recordarse que ya SERVIR confirmó en informe anterior que los ejecutores y auxiliares coactivos son nombrados o contratados según el régimen laboral de la entidad a la cual representan. Es decir, si el régimen laboral de la entidad es público deben ser nombrados bajo los alcances del Decreto Legislativo…

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