Elecciones 2014: Facilidades laborales para las elecciones regionales y municipales

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Facilidades laborales para las nuevas elecciones regionales y municipales 2014

Fuente: Informativo ECB del 30/SEP/2014.

1. Norma

D.S. N° 009-2014-TR (18.09.2014): Decreto Supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.

2. Concordancias

Mediante Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM (24.01.2014) se ha convocado a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, a llevarse a cabo el día domingo 05 de octubre de 2014.

Estos hechos suponen que los ciudadanos que deban ejercer el sufragio, tanto como aquellos que tienen funciones como miembros de mesa, deben recibir facilidades razonables para compatibilizar sus obligaciones electorales con las obligaciones laborales que pudieran tener.

3. Contenido de la norma

Las facilidades laborales para los trabajadores que participan en el proceso electoral del domingo 5 de octubre de 2014 dadas por esta norma son:

a. Para quienes no son miembros de mesa

Los trabajadores, tanto del sector privado como público, cuyas jornadas de trabajo coincidan con la realización de las elecciones, es decir, que laboran el día domingo 5 de octubre, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo.

Los empleadores, tanto de sector público como privado, dispondrán la forma de recuperación o compensación de las horas dejadas de laborar.

b. Para quienes son miembros de mesa

Día de las elecciones: domingo 5 de octubre

Las personas que actúan como miembros de mesa y que les correspondía laborar el domingo 5 de octubre, están facultadas para no asistir a sus centros de labores.

Los empleadores, tanto de sector público como privado, dispondrán la forma de recuperación o compensación de las horas dejadas de laborar.

Día lunes 6 de octubre

El día lunes 6 de octubre será un día no laborable compensable para los trabajadores que desempeñen efectivamente el cargo de miembro de mesa.

Los empleadores, tanto del público como privado, deben adoptar las medidas para dar cumplimiento a esta disposición y establecerán la forma en que se compensará el día dejado de laborar.

Para estos efectos, la ONPE otorgará a cada miembro de mesa un certificado de participación, el que será presentado al empleador al momento de reintegrarse a sus labores, para gozar de este beneficio.

c. Trabajadores que laboran en lugares distintos al lugar de votación

– Los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, que ejerzan su derecho al voto en las Elecciones Regionales y Municipales 2014, siempre que acrediten haber ejercido su derecho, no laborarán los días viernes 3, sábado 4, domingo 5 y lunes 6 de octubre.

– Compensación o recuperación de los días de labor:

– Sector privado: mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En el sector público: los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.

Facilidades laborales para las nuevas elecciones regionales y municipales 2014
No son miembros de mesa y laboran el domingo 5

– Derecho a tolerancia

– Con cargo a recuperación

 

Para quienes son miembros de mesa 5 de octubre Están facultados para no asistir a sus centros de labores.
6 de octubre: día no laborable compensable Para los trabajadores que desempeñen efectivamente el cargo de miembro de mesa.

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