Fuente: Informativo ECB del 30/SEP/2014
Mediante Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT, publicada el 30 de setiembre del 2014, en la Separata Especial del Diario Oficial “El Peruano”, se modifica los sistemas de Emisión Electrónica de Facturas y Boletas de Venta para facilitar, la emisión y el traslado de bienes realizados por los Emisores Electrónicos Itinerantes y por quienes emiten o usan Boletas de Ventas Electrónica, asimismo designan emisores electrónicos del nuevo sistema.
Vigencia:
La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, salvo:
1.- Las modificaciones realizadas en el artículo 10°, la cual regirá desde el 01 de Octubre del 2014.
2.-La modificación realizada en el numeral 5.2 del artículo 5° de la presente resolución respecto del artículo 6°, relativo al uso del buzón electrónico, de la Resolución de Superintendencia N° 097-2012/SUNAT y normas modificatorias, la cual regirá desde el 1 de abril del 2015.