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Prorroga de exoneraciones y beneficios tributarios vinculados con el IGV (Decreto Legislativo 1519)

Considerando la importancia que generan en algunos rubros económicos, el 30-12-21, se publicó el Decreto Legislativo 1519 (vig. 1-1-22) que prorroga la vigencia de exoneraciones y beneficios tributarios vinculados con el Impuesto General a la Ventas.

A esos efectos, el Ejecutivo, a través del Decreto en comentario, amplió la exoneración tributaria a partir del 1 de enero de 2022, hasta:

  • El 31 de diciembre de 2022, las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
  • El 31 de diciembre de 2024, el Decreto Legislativo 783, a través del cual se aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros y, la emisión de dinero electrónico regulada por Ley Nro. 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.

Finalmente, la SUNAT publica anualmente, en su sede digital, la relación de los sujetos acogidos a los beneficios a que se refiere el Decreto Legislativo en mención, identificándolos con su RUC y nombre o razón social, según corresponda, así como los montos por cada beneficio o exoneración.