Aprueban los protocolos sanitarios de operaciones y criterios de focalización territorial para el reinicio de las actividades de “Pesca Industrial (para el consumo)”

El 6 de mayo de 2020 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” las Resoluciones Ministeriales del Ministerio de la Producción (PRODUCE), Res. Ministerial 139-2020 – PRODUCE y Res. Ministerial 140-2020 – PRODUCE, las cuales aprueban los Protocolos Sanitarios de Operación, los “Criterios de Focalización Territorial” y la “Obligación de Informar Incidencias” para el reinicio de las actividades de “Pesca Industria (Consumo Humano Indirecto)” efectuadas por la flota de acero y de madera en el marco de la Fase 1 de la estrategia “Reanudación de Actividades” establecidas por el Decreto Supremo 080-2020-PCM.

Las medidas en comentario establecen lo siguiente:

  • Resolución Ministerial 139-2020 – PRODUCE

 Aprobación: Se aprueban los Protocolos Sanitarios de Operación ante el COVID-19 del Sector Producción para el inicio gradual e incremental en materia: i) Pesca Industrial (Consumo Humano Indirecto) efectuadas por la flota de acero y de madera denominados “Protocolo de Pesca Industrial” y “Protocolo Embarcaciones Industriales de Madera (Anexo Unico).

Aplicación: Estos protocolos son de aplicación complementaria a los “Lineamientos para la vigilancia de Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19, aprobados por Res. Ministerial 239-2020-MINSA.

Publicación: El dispositivo en comentario se publica en el Diario Oficial El Peruano; el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la Producción (www.gob.pe/produce) al 6-5-20. 

  • Resolución Ministerial 140-2020 – PRODUCE

Aprobación: Se aprueba los “Criterios de focalización territorial” y, de “la obligación de informar incidencias” del Sector Producción para el inicio gradual e incremental en el marco de la Fase 1 de “Reanudación de Actividades” en materia de: i) Pesca Industrial (Consumo Humano Indirecto) efectuadas por la flota de acero y de madera denominados “Protocolo de Pesca Industrial” y “Protocolo Embarcaciones Industriales de Madera (Anexo Único).

Aprobación Sectorial: La aprobación sectorial de reanudación de actividades está a cargo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industrias y, se emite en un plazo de 1 día calendario, contado a partir de la presentación de la solicitud (física, electrónica o digital).

Para ello, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura verifica que las entidades, empresas o personas naturales o jurídicas cumplan con los criterios de focalización y obligación de incidencias, así como el criterio de salud pública con base en la evolución de la situación epidemiológica, la capacidad de atención y el grado de vigilancia y diagnostico implementado.

Previo reinicio de actividades: Previo al reinicio de actividades, las entidades, empresas, personas naturales y jurídicas deben observar lo siguiente: i) los lineamientos para la vigilancia de Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19, aprobados por Res. Ministerial 239-2020-MINSA y; ii) Los Protocolos Sanitarios de Operación antes el COVID-19 a efectos de que elaboren su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” y procedan a su registro en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del MINSA, previa aprobación sectorial.

Inicio de actividades: La fecha de inicio de actividades es el día calendario siguiente a la fecha de registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”

Disposiciones complementarias: Mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, se autoriza emitir las disposiciones complementarias que resulten necesarias a efecto de que se continúe con las acciones de inicio gradual e incremental de las actividades señaladas.

Publicación: El dispositivo en comentario se publica en el Diario Oficial El Peruano; el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la Producción (www.gob.pe/produce) al 6-5-20.

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