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Artículos con la etiqueta ley


jueves, enero 20, 2011

del Blog Prohibido Prohibir por Alfredo Bullard en www.semanaeconomica.com
16 Ene, 2011 23:43

¿Sabía usted que al año fallecen en el Perú entre 3,000 y 4,000 personas en accidentes de tránsito? Y que un número mayor de personas quedan heridas, muchas con daños irreversible. Y eso es sin contar los millonarios daños patrimoniales de este tipo de accidentes. Dado que son los automóviles los que causan estos daños sugiero sacar una norma que prohíba los automóviles. Finalmente, “Muerto el perro se acabó la rabia”.
Y hablando de perros, cada cierto tiempo vemos noticias sobre ataques de perros a ciudadanos. Varios de esos ataques han resultado en lesiones serias a personas, incluidos niños. Sugiero prohibir la tenencia de perros para evitar que esos hechos se repitan.
No dejo de asombrarme con el número de salvavidas que uno ve en las playas. El número de personas que sufren incidentes en el mar no es deleznable. Y todos los años tenemos un saldo lamentable de personas que se ahogan. Sería, por tanto, bueno prohibir que la gente se bañe en todas las playas para evitar estas desgracias.
Muchas personas saltan de los puentes y edificios para suicidarse. Su altura causa la muerte de quienes saltan. Deberíamos, entonces, limitar la construcción de cualquier estructura arquitectónica para que no supere una altura de la que una caída causaría la muerte (me imagino que sería un piso).
La experiencia demuestra que una buena cantidad de los policías que patrullan las calles son corruptos (me atrevería a decir que la mayoría). Deberíamos, por consiguiente, cerrar la Policía para evitar actos de corrupción.
Podría seguir con una serie interminable de remedios a varios de los problemas que nos agobian. Las soluciones que propongo parecen ridículas. Una buena cantidad de viajes de automóvil (la inmensa mayoría, casi la totalidad) se realizan sin que ocurran accidentes. Y la mayoría de los que ocurren no son graves. Si prohibimos el automóvil castigamos a todos por eventos que afectan a un número relativamente reducido de personas.
Y lo mismo se puede decir de tener perros, nadar en el mar o construir un puente o un edificio. Y tampoco parece lógico solucionar la corrupción policial eliminando a la Policía.
Un Estado que toma alguna de las medidas sugeridas mostraría su incapacidad para enfrentar problemas. Renuncia a lo que le toca hacer, muestra falta de coraje (yo diría que muestra cobardía) y de capacidad para cumplir su rol, enfrentar los retos que le tocan. Un Estado que actúa así tira la toalla y soluciona el problema de la manera más fácil y brutal imaginable: privándonos a todos de nuestra libertad por la acción irresponsable, negligente o criminal de algunos pocos.
Todos los males de cualquier actividad humana se pueden evitar prohibiendo la actividad. El problema es que si la actividad puede (y suele) tener fines lícitos y legítimos, para evitar los males causado por unos se restringe la libertad de todos a alcanzar esos fines.
Susana Villarán cae en la misma simple y brutal tentación de negarnos nuestra libertad (lo cual no es de extrañar en una socialista). Como algunos actos de violencia y de criminalidad están vinculados al alcohol, mejor prohibimos el alcohol a partir de ciertas horas. Fin del argumento. Así, en lugar de enfrentar la violencia y el crimen (un rol que claramente le compete al Estado) nos privan de libertad a todos. Plan Zanahoria que le llaman.
Y ello sin tomar en cuenta que los violentos y los criminales seguirán bebiendo obteniendo trago clandestinamente. Es de esperar que tengan una demanda inelástica por el alcohol si la comparamos con la demanda del común de ciudadanos. Por tanto, están más dispuestos a asumir los costos de la prohibición.
Con mucha gracia la señora Villarán nos dice en los medios que uno puede divertirse sin beber. Ese no es su problema. Por supuesto que se puede. Pero también puedo divertirme bebiendo responsablemente. Cómo decide divertirse la gente es un acto que le compete a la gente, no a las autoridades. Cuando quiera su opinión de cómo puedo divertirme se lo pregunto. Pero nadie autoriza a un alcalde a decidir cómo debemos divertirnos o pasar el tiempo los ciudadanos. El único límite que pueden imponernos es que al hacerlo no dañemos a otros.
La razón por la que les hemos entregado a las autoridades la función de controlar el crimen y la violencia es para proteger nuestra libertad y nuestra integridad. Nada de lo que el Estado hace en ese tema tiene sentido si el resultado es privarnos precisamente de esa libertad.
Si hay personas que generan violencia o crímenes bajo la influencia del alcohol, le corresponde al Estado controlar sus actos y sancionar a esas personas y no prohibir a todos que consumamos una cerveza o un buen pisco. Como la mayoría de los peruanos, consumo alcohol, y como también la mayoría de los peruanos, no he matado, ni asaltado, ni dañado la propiedad privada de nadie. Creo que ejerzo mi libertad responsablemente. No entiendo por qué Susana Villarán quiere evitar que siga siendo responsable, cuando la libertad, ejercida con responsabilidad es la clave de una sociedad en la que nos podemos llamar verdaderos ciudadanos. Sin libertad y responsabilidad no hay auténtica dignidad.
Curiosa muestra de incompetencia aquella en que el fracaso de la política pública se pretende curar negando los derechos a los ciudadanos. Es como pretender combatir la polio amputándole las piernas a quienes podrían contraer la enfermedad.
Pero si se quiere ir a los extremos le sugiero a Susana Villarán algunas medidas más efectivas para lograr su fin: un toque de queda (si no hay nadie en la calle, el crimen y la violencia desaparecen). Que prohíba también que las personas se acerquen a menos de 5 metros de otros. Es difícil atacar o asaltar a alguien a esa distancia. O que prohíba que la gente converse en la calle. La mayoría de peleas se originan en un intercambio de palabras. Y prohíba que la gente tenga pareja o enamorada. Una buena parte de las peleas se originan porque alguien les dijo algo inapropiado.
La verdad es que hay una manera muy práctica de evitar que los alcaldes hagan tonterías: prohibiendo que haya alcaldes. Me tienta la idea, pero pensándolo bien, mi desconfianza del Estado no puede llegar a tanto. Esperemos que las autoridades a cargo de controlar los excesos de los alcaldes (Indecopi y el Poder Judicial) “no nos dejen caer en la tentación” de derogar a los alcaldes y sus funciones.


Leer más: http://blogs.semanaeconomica.com/blogs/prohibido-prohibir/posts/el-efecto-zanahoria#ixzz1Bb04HdZD

miércoles, marzo 10, 2010

Los accionistas en el gobierno de las empresas

Ley General de Sociedades reconoce validez de estos acuerdos

Estos convenios pueden constituir herramientas de equilibrio o de control

La Ley General de Sociedades (Ley Nº 26887) reconoce validez a los convenios suscritos entre socios, a partir de su comunicación a la sociedad. Estos acuerdos pueden llegar a ser usados como un instrumento de equilibrio entre socios minoritarios y mayoritarios, o como un medio de asegurar el control de la sociedad.

viernes, enero 22, 2010

Aumentará universo de causas a conocer por jueces de paz letrados
Esto exige mayores y mejores conocimientos a cargo de magistrados

por César Puntriano Rosas
Abogado laboralista

La nueva Ley procesal del trabajo (NLPT), Ley 29497, recientemente publicada, y cuya entrada en vigencia progresiva en nuestro país está prevista para julio próximo, da un vuelco sustancial en la concepción del proceso laboral hasta ahora existente. En efecto, la norma en mención deja de lado la idea de un proceso escrito y excesivamente formalista para pasar a un proceso fundamentalmente oral y flexible, inspirándose en los principios de inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad. Se otorga al juez un rol más activo en el proceso, exigiéndole una mayor profundización en el estudio de cada caso que llegue a sus manos.

Este nuevo vuelco conceptual plantea una serie de retos para los operadores jurídicos involucrados en la vorágine procesal laboral y por supuesto para el Poder Judicial y el Gobierno de turno y los próximos que le sucedan.

miércoles, diciembre 16, 2009

en Apuntes Laborales (Semana Económica) por Jorge Toyama

El Congreso acaba de aprobar, por unanimidad, la Nueva Ley Procesal del Trabajo que busca reformar radicalmente la justicia laboral en el Perú siguiendo algunas reformas implementadas en países como Chile, Venezuela o Ecuador con tremendos efectos en las empresas, sindicatos y trabajadores.

Los juicios laborales tienen una duración promedio de cuatro años y pueden llegar a 8 ó 10 años en algunos casos. Tratándose de la temática laboral donde para el trabajador la remuneración y beneficios sociales tiene carácter alimentario y los derechos laborales básicos son derechos humanos y están en tratados internacionales –incluyendo los TLC– así como la Constitución, una sentencia tras un proceso de muchos años puede generar injusticia.

Esta ley afectará enormemente la dinámica de las relaciones laborales. Un mal despido puede generar que el trabajador retorne muy pronto, una falta de pago de beneficios sociales o de horas extras tendrán un reconocimiento en seis meses aproximadamente. Así la variable “larga duración de los juicios” ya no estará del lado de las empresas al momento de negociar con un trabajador. La justicia llegaría a los trabajadores con relativa rapidez tal como ocurre con una inspección laboral o una medida cautelar en una acción de amparo.


viernes, noviembre 06, 2009

publicado en el Diario Oficial El Peruano

Reducirán conflictos laborales
Con adopción de actuaciones procesales más rápidas y concretas
Iniciativa consagra simplicidad del procedimiento

El nuevo proyecto de la ley procesal de trabajo implica un cambio sustancial en la concepción y la forma de hacer justicia, al proponer no solo un mero cambio de leyes sino de entendimientos y modos de actuación, principalmente, de parte de jueces, auxiliares, abogados y los protagonistas de la justicia laboral: trabajadores y empleadores, afirmó la titular de Trabajo, Manuela García.

Así, la iniciativa prevé trámites muy rápidos y concretos a través del proceso ordinario y del proceso abreviado laboral. El primero, incorpora el diseño de una sola audiencia en que la oralidad es la característica, y a su término, el juez emite sentencia. El segundo, está destinado para aquellos procesos que involucren poco dinero, bajo la competencia del juez de paz letrado. Estos juicios no los revisan ni la Corte Superior ni la Corte Suprema.

En opinión del asesor del despacho viceministerial, Paúl Paredes, entre las innovaciones más importantes del proceso ordinario está la audiencia de conciliación en que el juez adquiere una participación activa en la solución de diferencias. Inclusive, se podrá prolongar lo necesario por decisión de las partes.

El juez también podrá aprobar el acuerdo parcial o total y también los extremos no controvertidos, con calidad de cosa juzgada y dispondrá su cumplimiento. Los extremos no solucionados pasarán a ser materia de juicio. Otra innovación importante se refiere a la audiencia de juzgamiento, donde se incorporan las etapas de confrontación de posiciones, actuación probatoria, alegatos y la lectura de la sentencia a la conclusión de la audiencia o después de 60 minutos. Excepcionalmente, dentro de 5 días hábiles siguientes, comentó Paredes al explicar los cambios en los procesos laborales.

Respecto al proceso abreviado laboral, sostuvo que –según la propuesta– la audiencia única se estructurará sobre la base de audiencias de conciliación y de juzgamiento del proceso ordinario laboral. Además, incorpora las etapas de conciliación, confrontación de posiciones, actuación probatoria, alegatos y sentencia, anotó el asesor del despacho viceministerial.