LA VICTORIA: Regularización de edificaciones sin licencia hasta el 31 de diciembre de 2017. 

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Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 234-2016/MLV que establece beneficios y regula el procedimiento de regularización de edificaciones sin licencia en el Distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2017-A/MLV

La Victoria, 23 de junio de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA VICTORIA

VISTO: El Informe Nº 319-2017-SGOPCYCU-GDU/MLV de 08 de junio de 2017 del Subgerente de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, solicitando ampliación de vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MLV que establece beneficios y regula el procedimiento de regularización de edificaciones sin licencia en el distrito de La Victoria; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que,el segundo párrafo del artículo 39 de la misma Ley, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decreto de alcaldía;

Que, el artículo 42 del mismo cuerpo legal, señalaque los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 234-2016-MLV de 29 de febrero de 2016, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 10 de marzo de 2016, se estableció otorgar beneficios y establecer los lineamientos necesarios para el procedimiento de regularización de edificaciones construidas sin licencia dentro de la jurisdicción del Distrito de La Victoria, que forma parte del Área de Tratamiento Normativo II; a fin de formalizar las edificaciones ubicadas en dicho sector, siempre y cuando cumplan con las normas que regulan las construcciones establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones, no contravengan los parámetros urbanísticos y edificatorios, así como los demás requisitos establecidos en el marco normativo urbanístico y edificatorio municipal, respecto al procedimiento para la obtención de la licencia de edificación en vía de regularización;

Que, en la Tercera Disposición Final de la citada ordenanza, se faculta al señor Alcalde, para que mediante decreto de alcaldía pueda prorrogar su vigencia; y dictaminar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuación y correcta aplicación;

Que, mediante Informe Nº 319-2017-SGOPCYCU-GDU/MLV de 08 de junio de 2017, el Subgerente de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, informa la necesidad de ampliar la vigencia de la Ordenanza No.234-2016-MLV, que establece beneficios y regula el procedimiento de regularización de edificaciones sin licencia en el distrito de La Victoria, dado que se encuentra pronto en perder vigencia ya que mediante Decreto de Alcaldía Nº 019-2016-ALC/MLV, se decretó su vigencia hasta el 30 de junio de 2017, en vista de que la aplicación de la ordenanza ha logrado formalizar algunas edificaciones, por lo que ha permitido el incremento de la recaudación a partir de su aplicación;

Que, mediante Informe Nº 111-2017-GDU/MLV de 16 de junio de 2017 la Gerente de Desarrollo Urbano ratifica lo informado por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, siendo necesaria la prórroga de la Ordenanza Nº 234-2016-MLV hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, mediante Informe Nº 490-2017-GAJMLV de 22 de junio 2017 la Gerente de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de prorrogar mediante decreto de alcaldía, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MLV que establece beneficios y regula el procedimiento de regularización de edificaciones sin licencia en el distrito de La Victoria”, hasta el 31 de diciembre de 2017;

Que, el Gerente Municipal mediante Proveído Nº 985-17-GM de 23 de junio de 2017 remite a Secretaría General todo lo actuado a fin de emitir el acto administrativo correspondiente;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y con la visación de gerencia municipal, gerencia de desarrollo urbano y gerencia de asesoría jurídica;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2017 la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MLV que establece beneficios y regula el procedimiento de regularización de edificaciones sin licencia en el Distrito de La Victoria.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano y demás áreas pertinentes en observancia de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a sus competencias.

Artículo Tercero.- Disponera Secretaría General la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página web institucional.

Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ELIAS CUBA BAUTISTA

Alcalde

1538530-1