Screening, scoping e impacto ambiental: resolvamos un ejercicio

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Oscar Cuya
20 de mayo de 2005

El proceso de screening determina si el proyecto, en particular, requiere un estudio de impacto ambiental (EIA) y de qué tipo. En cambio, el proceso de scoping identifica los impactos potenciales y establece el contenido y alcance del EIA. Estos dos procesos se retroalimentan. Así, para decidir si corresponde un EIA detallado o un EIA semidetallado debemos inferir si el proyecto presentará impactos altos o moderados, y para ello se requiere pensar en las amenazas del proyecto y las fragilidades del área de influencia (es decir debemos realizar un scoping).

En nuestro medio, en ocasiones, algunas empresas titulares de algún proyecto, encargan un scoping o estudio de alcance, como un informe especial para su propio uso interno, pero no es lo usual. En general, el screening y scoping es un razonamiento que siempre se realiza antes de iniciar el EIA.

Las empresas de consultoría ambiental emplean este razonamiento, incluso, para preparar la propuesta técnica económica del servicio de elaboración de un EIA. Así, ni bien se recibe la invitación para cotizar un EIA se desencadena un conjunto de preguntas: ¿a qué ministerio se presentará el EIA? ¿Qué normas deberán tenerse en cuenta? ¿Qué otros permisos serán necesarios? ¿Qué otras autoridades tendrán opinión vinculante en la fase de revisión del EIA? Las respuestas permitirán reconocer la autoridad competente y con ello precisar el marco legal sectorial que aplique. Todo esto proceso es parte de screening. Mientras se sigue en el tamizado de obligaciones específicas que tendrá que atender el EIA, se empieza a “visualizar” en la mente el proyecto, sus componentes y sobre todo sus impactos. Este otro ejercicio panorámico ya es el scoping del proyecto.

“Dejar todo en el entrenamiento hace la victoria inevitable” reza el slogan de una firma comercial (MARATHON). La “práctica hace al maestro” afirma un dicho popular. Efectivamente, la práctica permitirá que logremos un dominio de la disciplina de la evaluación de impacto ambiental. Ahora, aseguremos el dominio del razonamiento screening y scoping; y para ello resolvamos el caso siguiente:

Certificación ambiental de un proyecto de producción comercial de camarones de río Cryphiops caementarius

En una localidad, en la cercanía de un río de la costa central peruana (región Lima), se tiene pensado un proyecto de producción de camarones en pozas de cría. Se prevé la construcción de 8 pozas en un terreno inmediato a la faja marginal del río, con una producción anual de cuatro toneladas de camarones por poza.

Este proyecto estará a cargo de la Comunidad Campesina, tanto en la fase de construcción como de operación. La Comunidad ha decidido elaborar el expediente respectivo, para solicitar financiamiento vía el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

Las autoridades de la Comunidad han solicitado a la Facultad de Ingeniería Geográfica, Ambiental y en Ecoturismo (FIGAE), el asesoramiento experto para obtener la certificación ambiental del proyecto de producción de camarones. Las autoridades comunales no tienen mucho conocimiento de las normas ambientales y esperan que la FIGAE aplique la legislación que corresponda, resuelva si el proyecto está dentro de los alcances del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y si fuera el caso, prepare el expediente de evaluación preliminar con la categorización que corresponde (DIA, EIA-sd o EIA-d) y los respectivos términos de referencia, indicando a qué autoridad ambiental se presentará y cuanto deberá pagársele al Estado por el derecho del trámite.

Las autoridades han indicado que no podrán pagar los servicios de la consultoría solicitada a la FIGAE pero tendrán muy en cuenta el espíritu desprendido, solidario y muy profesional de la Escuela. Esperan un documento listo para enviar al Ministerio o la autoridad ambiental que corresponda.

Los estudiantes responden las preguntas siguientes: ¿El proyecto está sujeto al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que señala la Ley 27446? ¿Cómo deberá abordar los requisitos ambientales, para el financiamiento de proyectos, establecidos por el SNIP? ¿A qué autoridad ambiental corresponde la certificación ambiental? ¿Qué nivel de EIA le corresponde, de acuerdo con la Ley 27446? ¿Cuánto cuesta ingresar el documento a la autoridad ambiental para su revisión? ¿Cuánto tardará el expediente en aprobarse? ¿Afectará a los servicios ecosistémicos? ¿Cuál es el valor que se obtuvo en la matriz de riesgo e impacto ambiental en el scoping realizado?

Si la información sobre el proyecto y el medio son insuficientes se espera que los estudiantes apliquen el juicio de experto. Deberán aplicar la legislación e instrumentos que correspondan. En todos los casos, deberá señalarse la norma en la cual se basa el trámite. Se sugiere que los estudiantes “perfilen” o “formulen” el proyecto como primera tarea.

Anímese a resolver el caso.

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