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Estimados amigos: comparto con ustedes la entrevista que le hiciera a Ernesto Álvarez Miranda, Presidente del Tribunal Constitucional. En esta conversación, el magistrado informa sobre la marcha de su institución, nos aclara la posición del Colegiado expuesta en algunos casos polémicos y se pronuncia sobre temas de actualidad con relevancia constitucional.


RAFAEL RODRÍGUEZ CAMPOS


1. ¿Por qué el gobierno debe tener en cuenta el nuevo esquema para la inversión privada en actividades extractivas diseñado por el TC en el caso Conga?

El caso Conga es emblemático pues abre la posibilidad para establecer una relación de armonía entre las actividades económicas extractivas y la defensa del medio ambiente y de otros derechos fundamentales. Debemos tener en cuenta que el Perú es un país minero por excelencia, que dicha actividad es la que mayores recursos genera. En ese sentido, lo que pretende el TC al diseñar este nuevo marco para la inversión es un equilibrio entre la renta que reciben las empresas y la distribución de la riqueza que debe alcanzar principalmente a las comunidades y poblaciones directamente afectadas.

2. ¿Usted cree que durante los últimos años el Estado ha renunciado a su labor de fiscalización y supervisión de este tipo de actividades? ¿El contenido de este fallo es una llamada de atención para los gobiernos?

Este fallo es una llamada de atención no solo para el Estado, sino para todos los actores involucrados en actividades extractivas. Existe en nuestro país un descontento casi generalizado del sector agrícola con la manera cómo durante los últimos tiempos los grandes proyectos mineros se han venido desarrollando. El Estado debe asumir la obligación de garantizar los intereses de la colectividad, exigiendo el cumplimiento de estándares internacionales de protección del medio ambiente y promoviendo el desarrollo sostenible de todo el país. La percepción de la gente es que el Estado no ha cumplido con este cometido. Debido a ello, la población siente desconfianza y rechaza esta actividad. Esperemos que los apuntes esgrimidos en la sentencia sean tomados en cuenta por los gobiernos, y que esta situación de descrédito y falta de coherencia se revierta para beneficio de todo el país.

3. Sobre la fecha en la cual se publicó esta sentencia: ¿No fue un error publicar el fallo horas después de que el Gobierno diera a conocer los resultados del peritaje para el proyecto minero Conga?

En principio, debo decir que en este caso fui yo el ponente, es decir, tuve a cargo la elaboración del proyecto de sentencia, el cual fue presentado ese día martes, pues este es el día en el que se reúne todo el Pleno del TC. Para mi sorpresa, el consenso sobre el contenido de la ponencia se alcanzó de manera inmediata, salvo algunos puntos menores que no variaban el sentido de la sentencia. En ese escenario, la decisión pasaba por determinar si publicábamos la sentencia ese mismo día (sin importar si coincidía con la entrega del peritaje) o días después. Al final, elegimos la primera opción, el Pleno quería evitar que la decisión se filtrara y generara una situación mucho más complicada. En otras palabras, nosotros sabíamos que cualquier decisión sobre este punto generaría críticas y suspicacias. En caso de que la sentencia hubiera sido emitida días después, seguramente nos habrían acusado de acomodar el contenido del fallo de acuerdo a lo señalado en el peritaje. El Pleno tomó una decisión y asumimos la responsabilidad.

4. El TC ha resuelto otro caso importante vinculado al TLC Perú-China. ¿Por qué en esta ocasión el TC demoró más de un año y medio para resolver esta demanda de inconstitucionalidad presentada en agosto de 2010? ¿No le parece eso un exceso?

No, en verdad no. La duración de un caso depende de dos variables: 1) La velocidad con la que el ponente presente el proyecto de sentencia ante el Pleno; y 2) El tiempo que tarde el Pleno en llegar a un consenso. En este caso puntual el proyecto no contó con el consenso necesario, existían dudas desde un principio. Si tomamos en consideración que en un proceso de este tipo, entre la notificación y la audiencia transcurren aproximadamente 6 meses, tenemos que el proceso de maduración tardó aproximadamente un año. Esta demora no es usual, pero a veces la complejidad e importancia del caso exigen mayores niveles de consenso, pues el objetivo es asumir una posición institucional que le otorgue respaldo total y legitime la decisión que se adopte.

5. ¿Puede el TC modificar los términos de la política arancelaria fijada por el Poder Ejecutivo a través de una sentencia de amparo como ocurrió en el caso Cementos Lima? ¿No cometió un exceso el TC en este caso, asumiendo competencias que no le corresponden?

Al respecto debo informar a la ciudadanía que en esta materia el TC ha modificado su posición inicial. El TC ha corregido el sentido de esta decisión pues considera que lo que está en discusión no es si el TC puede controlar la constitucionalidad de los actos de los poderes públicos sino la manera como lleva a cabo ese control. Al respecto, el TC ha considerado que siendo el tema de la política arancelaria un asunto sumamente técnico, el TC no contaba con la información necesaria para ejercer un control directo sobre las tasas arancelarias fijadas por el Poder Ejecutivo. En ese sentido, el TC ha decidido ejercer un control indirecto en ocasiones en las cuales los cambios sean “extremadamente desproporcionales” para evitar que dichos actos vulneren derechos fundamentales de la persona natural o jurídica. Lo otro era sustentar la decisión en un razonamiento económico y técnico al cual el TC es ajeno y sobre el cual carece de información suficiente.

6. En los casos Hinostroza y Castañeda, el TC dispuso que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) vuelva a votar sobre la postulación de estos señores al cargo de fiscales supremos: ¿No es este otro caso en el cual el TC invade de manera ilegítima las competencias de otro órgano del Estado?

El CNM es el órgano constitucionalmente facultado para seleccionar y nombrar a los jueces y fiscales de toda la república. Eso está fuera de discusión. Sin embargo, sus actos serán constitucionalmente legítimos en la medida que sean adoptados con arreglo a ley y no desconozcan derechos fundamentales como el debido proceso. En estos dos casos, como en muchos otros, la solución del CNM carece de una adecuada motivación. Cuando ello ocurre, el TC está facultado para ejercer control, y ordenar, como en este caso, que el CNM vuelva a emitir pronunciamiento pero motivando de mejor manera su decisión. Este TC, a diferencia de otros plenos anteriores, no ordena el nombramiento de tal o cual juez o fiscal. Lo único que le estamos diciendo al CNM es que se vuelva a pronunciar pero sin lesionar derechos fundamentales. Yo no creo que afirmar esto sea invadir el ámbito de competencias del CNM. Ningún órgano está por encima de la Constitución, ni el CNM, ni ningún otro.

7. Durante algunos años el TC señaló los serios vicios de inconstitucionalidad de los cuales adolecía la Justicia Militar. En este último tiempo el TC ha cambiado su línea jurisprudencial confirmando la constitucionalidad de esta. ¿A qué se debe este cambio?

En principio, cambió la posición ideológica del Pleno con respecto a este tema. Nuestro Pleno, considera que la Justicia Militar debe existir para el juzgamiento de hechos vinculados estrictamente a las instituciones castrenses, y por supuesto, asumir competencias para los denominados “Delitos de Función”. A partir de esa premisa nosotros no creemos que las objeciones vertidas por plenos anteriores a la Justicia Militar sean consistentes.

8. ¿Cree Usted que durante mucho tiempo se ha satanizado a la Justicia Militar?

Yo diría que la dictadura de Alberto Fujimori ocasionó el desprestigio absoluto del fuero militar y ordinario pues fueron instrumentalizados con el objetivo de blindar y cubrir con un manto de impunidad a quienes habían cometido delito. Esto ocurre en todo país en el cual los órganos de justicia son sometidos por el poder político. Hoy en el Perú estamos logrando consolidar el sistema democrático, y los peligros de una Justicia Militar arbitraria e injusta son mucho menores.

9. A propósito de los denominados “Delitos de Función”. ¿Puede considerarse “Delito de Función” a una ejecución extrajudicial o a hechos como los denunciados en el caso “Chavín de Huántar”? ¿Era competente el fuero militar en este caso para procesar a militares acusados de haber cometido este tipo de actos?

De acuerdo a la jurisprudencia interamericana y constitucional vigente se sabe que los delitos cometidos contra la vida (ejecuciones extrajudiciales) deben ser investigados, procesados y juzgados por los tribunales ordinarios, y no por tribunales militares. Por esta razón es que hace unas semanas señalé que el caso Chavín de Huántar ante la CIDH lo tenemos casi perdido. Ahora bien, creo que en su momento el Estado pudo en un inicio ensayar una mejor defensa, lamentablemente eso no se hizo. Adicionalmente a ello, debo decir que comparto su opinión en torno a la excesiva demora en la que ha incurrido nuestro aparato de justicia para resolver el caso que se viene ventilando en el fuero ordinario. La violación al plazo razonable en la administración de justicia es otra de las razones por las que creo que las posibilidades del Estado de alcanzar un fallo positivo son casi nulas.

10. En los próximos meses vencerá el plazo del mandato de seis magistrados del TC. Los magistrados Vergara y Mesías debieron ser reemplazados hace varios meses atrás: ¿No es acaso una irresponsabilidad mayor del Congreso no cumplir con nombrar oportunamente a los nuevos magistrados del TC?

Yo creo que el problema pasa por lo difícil que resulta generar consensos sobre este tipo de asuntos que requieren el respaldo mayoritario de la representación nacional. Para mí, el gran problema del Parlamento es la presencia de un número exagerado de agrupaciones políticas, un pluripartidismo exacerbado que hace imposible la toma de acuerdos sobre los grandes temas del país. El sistema proporcional alienta la presencia de agrupaciones que carecen de institucionalidad. En nuestro país los partidos se han convertido en grupos de amigos que respaldan la candidatura de alguna persona. Esta demora es muy grave, yo siempre he señalado que la elección de un magistrado constitucional es mucho más importante que la del Defensor del Pueblo. Ello es así pues las incorrecciones de un Defensor del Pueblo no generan efectos tan negativos como los que puede generar una persona no adecuada sobre la cual recae la tarea de administrar justicia constitucional.

11. ¿Qué opina sobre esta propuesta de modificar el sistema de elección de los magistrados y que este se dé por invitación?

Este mecanismo no está exento de problemas. No debemos olvidar que muchos de los profesionales a los cuales se los considera grandes especialistas y que se los invitaría a formar parte del TC han defendido a los grandes grupos de poder económico en el ámbito jurisdiccional, y por lo tanto, tienen una serie de compromisos adquiridos con estos sectores.

12. Se lo pregunto porque una de las críticas que se hace al actual Pleno es el escaso nivel académico de muchos de sus miembros. Se dice que se trata de personas poco conocedoras en materia constitucional. ¿Es una crítica válida para Ud.?

No, no es válida. Debemos recordar que la Constitución no prevé que para ser magistrado del TC se requiera ser especialista en Derecho Constitucional. De lo que se trata es de nombrar a profesionales con una trayectoria jurídica destacada, independientemente del área del Derecho en el cual se hayan desarrollado. Además, no se piense que los juristas que más salen en periódicos, o que sean de Lima, son más capaces que los de provincias, o que los académicos son necesariamente mejores magistrados siempre.

13. ¿Puede Nadine Heredia postular a la presidencia del Perú en el 2016?

No. En este momento existe una prohibición normativa expresa que lo impide. Pero más allá de si se trata de la esposa o del sobrino del Presidente de la República debemos evitar que se usen los recursos públicos con el ánimo de favorecer la imagen de toda persona cercana al poder.

14. ¿Sigue creyendo que la píldora del día siguiente es abortiva a pesar de que la Organización Mundial de la Salud afirma que no tiene ese efecto?
Creo que existen dudas sobre el denominado “tercer efecto de la píldora”. Esa duda nos llevó a prohibir su distribución por parte del Estado. En el caso de los privados, los médicos pueden informar a las personas sobre este efecto, y serán estas las que deciden si toman o no esta pastilla, por eso no prohibimos su venta para este sector.

15. ¿Está a favor de la reglamentación del aborto terapéutico en nuestro país?

Creo que el debate debe abrirse en torno al aborto en general. Pero en el caso del aborto terapéutico, que es legal en el Perú desde 1991, el Estado debería cumplir con emitir la reglamentación debida.

16. ¿Está a favor de la legalización de la unión civil y el matrimonio entre personas del mismo sexo?

No encuentro razones jurídicas válidas para oponerme a esta propuesta. Yo encuentro legítimos estos planteamientos.

17. ¿Debería permitirse la adopción de niños a este tipo de parejas?

Siempre que la ciencia acredite que los niños no sufrirán algún tipo de trastorno grave en el desarrollo de su personalidad.

18. ¿Está a favor de la legalización de la eutanasia en nuestro país?

No. Yo no considero que exista un derecho a morir, o un derecho al suicidio.

Esta entrevista fue publicada en el Nº 50 de LA LEY, periódico mensual del grupo editorial GACETA JURÍDICA (ABRIL DE 2012)
Categoría: Derecho Judicial
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ENTREVISTA CON EL MINISTRO DE JUSTICIA



Estimados amigos: en esta oportunidad comparto con ustedes la entrevista que sostuviera con Juan Jiménez Mayor, titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En esta charla él nos comenta las principales medidas que implementará durante su gestión. Enfatiza el rol que desempeñarán las procuradurías y reafirma la intención del régimen de promover reformas constitucionales, especialmente en el sistema de justicia. Igualmente comenta su posición sobre la propuesta de retiro del Perú de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sobre las decisiones judiciales que permitieron la salida temporal del país de Lori Berenson y Laura Mellado, sentenciados por delitos de terrorismo.



RAFAEL RODRÍGUEZ CAMPOS



1. ¿Cuáles son las tareas más urgentes que deberá enfrentar como ministro de Justicia?

Bueno, tres son los temas más urgentes a trabajar. El primero, es el de la lucha contra la corrupción. El segundo, el de la eficiencia en el servicio de administración de justicia. Y el tercero, es el de facilitar el acceso a la justicia a todos los ciudadanos del Perú. Estos tres tópicos son fundamentales para el fortalecimiento del sistema democrático y para la recuperación de la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. Para ello es fundamental delinear claramente cuáles son las líneas de trabajo a seguir, así como los objetivos y las metas a lograr en el corto, mediano y largo plazo.




2. ¿Qué medidas han adoptado desde su sector para enfrentar esta problemática?

Estamos trabajando un Plan Nacional de acceso a la justicia que será presentado en las próximas semanas. Ahora bien, con relación al tema de la lucha contra la corrupción estamos diseñando una estructura y estrategia de persecución del delito a nivel nacional.





En la actualidad contamos con un sistema de 30 procuradores por cada una de las regiones del país, situación que imposibilita la articulación del trabajo entre todas estas. En ese sentido, nosotros hemos agrupado a estas procuradurías en once macroregiones y vamos a delegar funciones a abogados en las diversas regiones y departamentos del país, a efectos de tener un mejor control y mejores estrategias zonales en función de tendencias delictivas.





Otro asunto importante en torno a este tema es el de la falta de coordinación entre las procuradurías públicas más importantes. Le explico, hoy en día las procuradurías de drogas, lavado de activos y anticorrupción, que se enfrentan al crimen organizado, trabajan de manera aislada. Esta situación debe de cambiar radicalmente. Nosotros estamos implementando una serie de medidas para trabajar en conjunto, compartiendo información, porque seguramente donde hay un tema de drogas hay un tema de corrupción, donde hay un tema de lavado de activos hay también un tema de corrupción. Esta labor coordinada todavía no se ha hecho en el Perú. Nosotros estamos decididos a poner en práctica esta estrategia pues consideramos que es la salida más inteligente para luchar contra el crimen organizado.




3. ¿Cuál es su opinión sobre la propuesta de reforma constitucional para que sean imprescriptibles los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos?

Este tema, como bien Ud. señala, pasa por promover una reforma del artículo 41 de la Constitución. Este es un tema de opción y normativa constitucional que viene siendo contemplado por algunos países en la persecución de algunos delitos como por ejemplo los delitos de lesa humanidad.

Lo que pasa es que los delitos de corrupción son delitos muy sensibles para la comunidad, sobre todo después de lo vivido durante los años noventa. En ese sentido, una propuesta de este tipo busca encuadrar de mejor manera la política de lucha contra la corrupción. En mi opinión, esta propuesta tiene dos puntos importantes. Primero, es una medida que será muy bien vista por la población y que contará con el respaldo mayoritario de la misma. Esto es importante pues muchas veces las iniciativas carecen de ese apoyo. Y segundo, esta medida puede generar un efecto disuasivo y evitar así la reproducción de actos de corrupción a nivel nacional.




4. ¿Qué nos puede decir Ud. sobre el estado de la Procuraduría Anticorrupción?

Estamos en un escenario muy complicado. En la actualidad tenemos más de 15 mil procesos de corrupción en todo el país. Casualmente son las regiones del país que cuentan con canon minero las que presentan numerosos casos de corrupción. Ahora bien, me gustaría comentarle que hace dos semanas recibimos la cooperación del Instituto alemán Max Planck para el Derecho Penal Internacional, con el objetivo de sentar las bases de un nuevo modelo de procuradurías públicas, y en especial, de la Procuraduría Anticorrupción.





Cuando llegamos al Gobierno nos dimos cuenta que la Procuraduría Anticorrupción era solamente una especie de unidad de litigio, es decir solamente estaba para presentar denuncias, asistir a las diligencias, interponer apelaciones, presentar informes orales, o ir a los juzgados a ver el estado de los expedientes en trámite. Esta procuraduría no tenía una labor proactiva que le permitiera enfocar mejor el tema, diseñando, por ejemplo, una mejor estrategia de recuperación de activos.





Le doy un dato, en los últimos dos años, el Estado solamente recuperó, en todo el sistema de procuradurías públicas, 29 millones de soles de los cuales el 50% correspondía a la procuraduría anticorrupción y la procuraduría de drogas. Esto denota que el sistema jurídico del Estado está muy debilitado.





Como verá, este es un sistema que no funciona, un sistema que hay que fortalecer, para lo cual vamos a unificar el sistema de defensa jurídica del Estado en un solo organismo lo cual convertiría al sistema de defensa jurídica del Estado en el estudio de abogados más importante del país, con cerca de 400 o 500 abogados prestos a desarrollar estrategias conjuntas para luchar de manera decidida y frontal contra la corrupción.




5. ¿Qué medidas concretas se han tomado?

Me gustaría mencionar tres medidas que fortalecerán el trabajo anticorrupción del Estado. La primera, el rediseño y fortalecimiento de la unidad de análisis financiero en donde estamos evaluando, identificando el patrimonio de las personas que están vinculadas a delitos de corrupción y el de sus familiares directos o personas relacionadas a estas. Segundo, la implementación del observatorio de los delitos de corrupción, a través del cual estamos fijando las tendencias que hay en esta materia en todo el país, situación que nos permitirá atacar a los grandes casos de crimen organizado.

Finalmente, hemos fusionado la Procuraduría Ad hoc para el caso Fujimori-Montesinos, que encontramos desmantelada, con la procuraduría anticorrupción, ello nos permitirá recoger todo el bagaje documental de la primera y, por supuesto, aprovechar la experiencia de algunos abogados que todavía encontramos en sus labores al asumir la gestión.




6. El ministerio que Ud. dirige ha pasado a denominarse de Justicia y Derechos Humanos. ¿Qué cambios sustantivos en el enfoque de las políticas públicas impulsadas desde su sector traerá este nuevo término?




Lo que tiene que cambiar es esa posición dura y dogmática que hay, impulsada por algunos sectores, de que los derechos humanos son solo de los terroristas. Lo que debemos buscar es que la ciudadanía entienda que la temática de los derechos humanos no es una materia ideológica, sino que forman parte de la esencia misma del ser humano. Si logramos cambiar ese chip tan difundido, y hacemos entender que la nutrición, el derecho a la vida, el derecho a la educación, al trabajo, y a la salud son también derechos humanos que el Estado debe proteger y que las personas debemos hacer valer, habremos dado un salto cualitativo importante.




7. ¿Qué medidas se deberán adoptar para lograr ese objetivo?

Esto va a requerir de una adecuada política de comunicación por parte del Ministerio hacia fuera. También exige mejoras en nuestro servicio de acceso a la justicia interno, fortalecer las líneas de acción planteadas por el ex Ministro de Justicia, Francisco Eguiguren, tales como la defensa de víctimas, de personas que están en condiciones de vulnerabilidad, discapacitados, mujeres, niños, ancianos para que tengan la oportunidad de hacer valer sus derechos de manera oportuna, no es posible que un juicio en el Perú dure 10 años.Recordemos que somo el país más quejado en el sistema interamericano de protección de los Derechos Humanos, tenemos más de 360 quejas ante la Comisión Americana de Derechos Humanos, lo que demuestra dos cosas, o que el acceso al sistema internacional es muy sencillo, o que, y eso es lo más preocupante, que nuestro sistema interno de tutela de los derechos humanos no funciona adecuadamente y que debido a ello las personas se ven obligadas a recurrir a las instancias internacionales.




8. Volviendo al tema de las reformas constitucionales, una de las principales propuestas de campaña de Ollanta Humala fue promover reformas a la Constitución vigente. Sin embargo, han pasado algunos meses y pareciera que esto ha perdido vigor...

No, en absoluto, las reformas ya vienen. Yo soy un ministro que va a empujar una serie de propuestas de proyectos de reforma de la Constitución, sobre todo en aquellas materias vinculadas a la reforma de la justicia, que anunciaremos oportunamente, pues es un tema que personalmente me preocupa, por ser de altísimo interés para nosotros. Creemos que la justicia necesita el esfuerzo no solamente del Poder Judicial sino también del gobierno para poder involucrarse. Es un tema que no corresponde estrictamente a los jueces, la reforma de la justicia nos corresponde a todos.




9. ¿Qué opinión tiene Ud. sobre la propuesta del retorno a la bicameralidad o la implantación del voto facultativo?

Yo no creo que el problema de la representación del país pase por la bicameralidad, yo no apostaría los recursos del país o centraría el debate político del país en una reingeniería constitucional sobre el tema de la bicameralidad, lo dicen todos los constitucionalistas pero yo creo que no es un tema central. El problema que tenemos es uno de representación en general, un Congreso muy pequeño para la población actual y además no contamos con un sistema de partidos fuerte e institucionalizado. En lo personal, no creo que el retorno a la fórmula bicameral sea el tema central a discutir en este campo.





Con respecto a la implantación del voto facultativo estoy totalmente de acuerdo. El voto es ante todo un derecho, una facultad que nos debe permitir participar libremente, no podemos obligar a la gente a votar. Es un auténtico derecho. Y los abogados deberíamos dar el primer paso con respecto a los comicios para la elección del Decano del Colegio de Abogados.




10. Hace algunas semanas personalidades vinculadas al fujimorismo y a las Fuerzas Armadas han propuesto el retiro del Perú de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. ¿Cuál es su opinión al respecto?

Mire Ud., ni siquiera durante el Gobierno de Fujimori, esos mismos sectores pudieron retirar al Perú de la competencia de la Corte. Entonces, si no lo hicieron ellos, menos lo vamos a hacer nosotros. Digámoslo claramente, no existen antecedentes en este campo, la propuesta es jurídicamente inviable, los países que han intentado hacer esto han fracasado y creemos que el Perú, como un país que es respetuoso del ordenamiento internacional, no se va a retirar de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana y, por el contrario, lo que sí hará es defender firmemente sus derechos, sobre todo en los casos en donde consideramos que tenemos la razón.



11. En todo caso, ¿las sentencias de la Corte IDH se acatarán sean favorables o no al Estado peruano?

Sí, sin duda, lo que pasa es que allí viene el tema de la ponderación de la asignación de las reparaciones. Tenemos reparaciones más urgentes que otras. Ahora bien, debo dejar muy en claro que nosotros como Gobierno no vamos a cumplir reparaciones vinculadas a terroristas que le deban dinero al Estado por concepto de reparación civil. Eso lo tenemos clarísimo, la ley civil lo permite. Además, ya hemos hecho las coordinaciones con la Corte sobre esta materia y el asunto está zanjado.




12. Recientemente el Poder Judicial ha permitido la salida temporal del país de los condenados por terrorismo Lori Berenson y Lautaro Mellado. ¿Qué opinión tiene Ud. al respecto?

Quiero aprovechar esta oportunidad para manifestar, en nombre del Gobierno, nuestro más absoluto rechazo a esta medida. Para nosotros, se trata de una orden judicial que desnaturaliza la figura de la liberación condicional pues se equipara la libertad de un condenado sujeta a restricciones a la de cualquier ciudadano. Pero esta medida además de ser equivocada es ilegal porque el Decreto Legislativo N° 927 establece claramente que no proceda este tipo de beneficios para estos casos.





Nosotros estamos sumamente preocupados, hemos hablado con el Presidente del Poder Judicial sobre la materia, le hemos dicho que no es prudente, que no es lo propio, que la decisión es ilegal; pero el Poder Judicial es independiente, y ellos deberán asumir su responsabilidad.





Nosotros tenemos todo el derecho de criticar las resoluciones judiciales como cualquier ciudadano, que es lo que estamos haciendo, no ofendemos a nadie al señalar que estas resoluciones son muy mal fundamentadas, además de haber sido emitidas sin tomar en consideración el principio de previsión de consecuencias tantas veces utilizado por el Tribunal Constitucional, pues una decisión judicial por más legal que esta sea, o ilegal como en este caso, debe evaluar el impacto de esta en la opinión pública, que en este caso, a partir de esta orden judicial, advierte que existe una especie de ablandamiento en la lucha contra el terrorismo.




13. Días atrás, el presidente Humala deslizó la posibilidad de eliminar el voto a policías y militares o restaurar el servicio militar obligatorio. ¿Usted comparte esas propuestas?

Bueno, son iniciativas que ha propuesto el presidente para la discusión nacional. No lo hemos discutido en el gabinete y no se todavía cuál va a hacer la posición finalmente del Gobierno. Es un planteamiento del presidente que como cualquier otro planteamiento que realiza el jefe de Estado será evaluado. Entiendo que hay un gran debate en el país sobre esto, en su momento si es que esto se da, si se confirma la propuesta lo veremos, pero por el momento me parece que es una iniciativa que hay que evaluar simplemente.




14. Finalmente, ¿Qué opina Ud. de la propuesta de despenalizar los delitos de prensa?

Yo estoy en desacuerdo con esa propuesta. Lo he dicho públicamente, creo que la solución de los excesos en el ejercicio de la libertad de expresión no pasa por la despenalización de los delitos de prensa, porque si los despenalizamos tendríamos que ir a la vía civil para resolver la controversia. La medida en la vía civil sería la indemnización por daño moral, lo que puede ocasionar que en el Perú se generen altísimos costos a las empresas editoriales y periodísticas, las que tendrían que pagar altísimas indemnizaciones, lo que puede hacer quebrar a cualquier medio periodístico en el Perú, pues muchos de ellos son muy pequeños y de muy poco capital. Lo que debemos tener presente es que los bienes jurídicos como la libertad de expresión o información, así como la intimidad, el honor o la buena reputación, merecen el mismo grado de protección.




Esta entrevista fue publicada en el Nº 49 de LA LEY, periódico mensual del grupo editorial GACETA JURÍDICA (DICIEMBRE 2011)






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Presidente del Poder Judicial. Doctor en Derecho.

Rosa María Palacios/

El día de la inauguración del Palacio de Justicia, el entonces presidente y dictador, general Óscar R. Benavides, comentó “tanto palacio para tan poca justicia”, a lo que el entonces presidente de la Corte Suprema replicó señalándole el pecho “tantas medallas para tan poca batalla”. La anécdota, que da cuenta de la histórica tensión entre poderes del Estado, me la dice César San Martín, presidente del Poder Judicial, hoy cara pública de una institución compleja, llena de carencias de todo tipo y sin embargo, indispensable para una democracia.

Conversamos de largo en la remodelada Sala de Embajadores el pasado viernes en la tarde. La semana política lo distrajo de temas importantes, como la protección de la seguridad de los jueces, una de sus actuales preocupaciones, o la aprobación en el Congreso de proyectos que permitan perseguir redes de corrupción judiciales. Cuenta que todos los candidatos presidenciales le aseguraron, hace más de un año, el apoyo a estas leyes. Y hasta ahora, no ha logrado nada más que una votación perdida. Reconoce que no puede esperar apoyo de la bancada fujimorista, siendo él quien envió a Fujimori a la cárcel, pero espera ayuda y la necesita urgentemente de todas las demás bancadas para acabar con el mal endémico de la institución: la corrupción. Esta es parte de la extensa entrevista que tuvimos.

Esta semana usted fue invitado al Congreso por el caso de la interceptación telefónica al congresista Galarreta. La situación es delicada porque se evalúa una denuncia constitucional. ¿Usted es responsable de algo?

Absolutamente de nada. Primero, porque el presidente del Poder Judicial no imparte justicia. Segundo, porque no es un caso siquiera de la Corte Suprema. En tercer lugar es un caso de un juzgado supraprovincial en el que todos los jueces son independientes y responsables de lo suyo. Y ni siquiera se le puede imputar una responsabilidad de vigilancia porque ese juez ha resuelto bajo sus propios cánones jurídicos. En consecuencia, cuando fui invitado al Congreso, fui por mi voluntad, porque yo no he sido citado ni tengo responsabilidad política. Esta solamente la tienen aquellos funcionarios que tienen la confianza del Parlamento. Que no es mi caso. Yo no tengo responsabilidad política y además al no haber intervenido no tengo arte ni parte, mal se me puede atribuir siquiera alguna infracción a la Constitución.


La acusación constitucional puede no ser por delito sino por la infracción a la Constitución.


¿Qué artículo de la Constitución he infringido si sobre el hecho no tengo absolutamente nada que ver?



Usted fue muy claro ante la Comisión de Justicia y señaló que el juez efectivamente había violado la ley. Y había cometido un delito.



Aclaro, no.



Así lo dijo.



Espérate, espérate. No es tan así. Yo dije: “Si fuese cierto que el juez, a sabiendas de la condición de parlamentario de uno de los titulares de los teléfonos intervenidos, ordenara la interceptación, de ser así, desde luego y a partir de la legalidad vigente se habría cometido primero un delito de prevaricación y en segundo lugar una falta muy grave que determinaría la destitución”. Pero ojo, de ser así.


Supone el congresista Galarreta que sí es así, porque su nombre estaba en el celular de Rudy Palma y porque el fiscal lo va a visitar sabiendo que el teléfono estaba intervenido.



Fiscal es fiscal, juez es juez. Y vayamos por partes porque las fechas son importantes. El 25 de abril se formula la denuncia por parte de la procuradora del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Mincetur. El 27 de abril mediante un parte que contiene dos evidencias de carácter tecnológico, la Dinincri y la Divintit le solicitan al fiscal el control de comunicaciones. Al día siguiente, 28 de abril, el fiscal solicita que se intervengan 21 números telefónicos y 6 cuentas de correo electrónico bajo el argumento de que esos teléfonos y esas cuentas estarían siendo utilizados por el investigado y otros a determinar. Ese mismo día el 28 –porque la ley así lo manda– el juez dictó la medida acogiendo íntegramente la petición del señor fiscal.



Habiendo excepciones en la ley a la solicitud de intercepción telefónica, ¿no es, digamos, un comportamiento diligente por parte del juez solicitarle al fiscal que identifique a los propietarios de los teléfonos?



En la pericia del informe técnico del celular aparecen tres datos, luego de que se pasa ese celular por el programa Celebrity. Uno, 240 contactos. En uno de ellos dice Galarreta y el número telefónico. También había 20 llamadas salientes, y 20 entrantes. Una saliente era Galarreta con el mismo número. ¿Qué es lo que pidió el fiscal? La intervención de los números en todas las llamadas entrantes, salientes y perdidas. ¿El juez sabía que el Galarreta que aparecía ahí era el congresista Galarreta? Expresé a la Comisión que cuando he revisado el parte policial de 80 páginas, la solicitud del fiscal y la resolución del juez, no aparece en ningún momento que incluso Rudy Palma haya dicho que se ha comunicado con el congresista Galarreta. Lo que aparece en un comunicado oficial de la presidencia del Congreso, el día 2 de mayo –ojo, cuatro días después– es que el fiscal iba a preguntar exactamente de quién era el teléfono que correspondía al Congreso. Y ahí se le dijo que era del congresista Galarreta pero eso fue días después.



Si ya sabía que era un teléfono del Congreso y el nombre del contacto era Galarreta, no tenía que ser un genio para saber quién es el congresista Galarreta.



Era el fiscal, no el juez.


Pero regreso a mi pregunta, por diligencia, y habiendo prohibiciones en la ley respecto a autoridades que no pueden ser interceptadas, ¿el juez no debió pedirle al fiscal que identifique a las personas?



Voy a dar una respuesta teórico-abstracta por una razón. El señor juez Abel Pulido, que ya ha sido sacado de este proceso, está sujeto a investigación que puede llegar al Consejo Ejecutivo que yo integro, por eso debo de guardar imparcialidad absoluta. Hay principios que deben cumplirse porque uno puede pedir lo que quiera al juez, pero este tiene la responsabilidad de hacer un control rigurosísimo. Y hay dos principios claros en este caso: el principio de la orientación objetiva y el de la orientación subjetiva. ¿Qué es objetiva? Buscar que exista algún tipo de indicio procedimental. Datos objetivos sobre si ese teléfono era utilizado, en efecto, para actos criminales vinculados a alguna organización. ¿Qué es subjetiva? Ese es el principio que te dice que la interceptación no es a teléfonos sino a personas. Es la doctrina uniforme. Creo que con mi respuesta, y la lógica que estoy explicando, es obvio lo que creo debió hacerse en este caso.



¿No cree usted que hay una presión indebida para imputar conductas delictivas a personas ajenas a los hechos? Desde el principio, cuando se designa a un fiscal para criminalidad organizada. ¿No hay ya una direccionalidad por crear una banda donde no la hay?



Cuidado con el término “presión”. Insisto, el procurador puede pedir lo que tenga por conveniente. El fiscal que es el que tiene el caso, porque eso está en la sede del fiscal, aunque una parte está ya judicializada. Él puede establecer y considerar que hay un supuesto de crimen organizado o de organización criminal. Y como alguien dijo por ahí, y habría que tener a la vista, que yo no la he tenido, la resolución de la Fiscalía de la Nación que decide este cambio.



¿Usted no cree que exista una presión del Ejecutivo?



Yo no sé. Pero digo un punto importante, lo que sí es categórico es que ante la Corte Suprema y ante el presidente del Poder Judicial nadie jamás ha venido siquiera a ver sobre ese caso. Yo me enteré de esta medida por los periódicos. No tengo otra forma de enterarme y es ahí donde empecé a recuperar información para atender la invitación del Congreso.


Vamos al caso Mollohuanca. Un procesalista muy distinguido como el Dr. Juan Monroy ha dicho que la norma que permite cambiar la jurisdicción de Cusco a Ica puede ser legal pero no constitucional. Es decir, está en la ley procesal penal pero la Constitución establece el derecho al juez natural y por lo tanto la norma aplicada es inconstitucional aunque sea legal. ¿Cómo le responde a eso?



Que está equivocado. Así no es. Nuestra institución garantiza un “juez ordinario predeterminado por la ley”. Jueces naturales los tienen los países angloamericanos e Italia. Lo que la institución establece es que el juez sea integrante del sistema ordinario de justicia; que este juez haya sido nombrado de acuerdo a cánones preestablecidos; que en los criterios de determinación competencial se utilicen criterios objetivos; y que se dé la temporalidad antes del hecho procesal no del hecho penal. Ahora bien, esto último como la propia corte italiana ha establecido, se puede variar siempre y cuando haya criterios objetivos de atribución. En consecuencia, es posible el cambio. Por ejemplo, en la recusación o en la inhibición. Hay que cambiar al juez, y el que lo sustituye es un juez natural. Otro ejemplo, ¿qué sucede si en un lugar –y está en el código– está en altura y el imputado tiene un problema del corazón y no puede ir allí a litigar porque su vida está en peligro? Hay transferencia de competencia. El juez natural no es de una norma etérea, se adapta.



Claro, pero en esos casos se favorece al imputado. En este caso se ha utilizado para perjudicarlo. Eso es lo que alega su defensa.



La norma constitucional establece que lo que hay que favorecer es el sistema de justicia. Y además el proceso penal –y ahí hay un error de perspectiva contemporánea– el proceso penal no solo es para garantizar los derechos del imputado, también para garantizar los derechos de las otras partes y de la sociedad.



¿Están en peligro los jueces en el Perú?



¡Por supuesto! Yo tuve la precaución de pedir un informe a los presidentes de Cajamarca y del Cusco. ¿Qué estaba pasando allí? Los juzgados tuvieron que cerrar, a un juez me lo obligaron a marchar. Amenazas a todos aquellos que no acataban el paro. Igualmente en Bambamarca y Celendín tuvieron que cerrar. Cuando Mollohuanca fue trasladado al Cusco, mítines, manifestaciones alrededor del Palacio de Justicia y voces que gritaban “¡Quemen, quemen!”. Eso determina que un juez no tenga condiciones. Yo debo generar un espacio de condiciones para una justicia objetiva e imparcial.



Usted les pidió a los jueces hacerse respetar. ¿En qué sentido no se estaban haciendo respetar?



Estamos ante una situación que veo ya como un bloque histórico. Cada vez que hay una asonada, cada vez que se da un problema social, los jueces del lugar, pese a que hay hechos graves, dictan medidas coercitivas muy suaves y se genera una sensación de impunidad. Y no se trata acá de ordenar que metan presos a todos, se trata de que los jueces, con el equilibrio que corresponda, sepan hacer respetar el principio de legalidad.



Es curioso, el fujimorismo lo acusa de caviar y la izquierda lo acusa de criminalizar la protesta. ¿Dónde está usted ahora?


¡No sé! Estoy en el limbo. No entiendo. La protesta no se criminaliza, ¡por el amor de Dios! La protesta es un derecho, la disidencia es parte de una democracia liberal en la que estamos todos de acuerdo. Pero dentro de las normas, de que no se violenten bienes jurídicos de inocentes, no se ataque la propiedad pública, la privada, no se amenace a las personas, no se les coaccione, que se respete el derecho de los demás. Ahí está el tema.



Casos emblemáticos de violencia social como Bagua permanecen en la impunidad hasta el día de hoy. El Poder Judicial no ha podido pronunciar una sentencia que identifique a los policías que dispararon contra civiles, ni a los civiles que asesinaron policías. ¿Por qué?



Eso es lo que me ha obligado a tener un mayor activismo en el tema. En el caso de Bagua, los tres procesos que se iniciaron han sido bien complejos porque las partes han trabajado con mucha vehemencia el caso y eso los hace retardar. Tenemos una justicia con retardo. Ya está culminada la etapa de investigación. Ya está en la sala superior para las calificaciones y el juicio, que es el pertinente, pero aquí también veo un tema, el problema de la profesionalización de la investigación y la justicia. Hay serios problemas de profesionalización y en consecuencia veo grandes vacíos en los protocolos de investigación, protocolos de juicio, lógicas de lograr priorizaciones en casos, etc.



¿Pero qué es lo que no está funcionando? ¿Medicina legal? ¿Los forenses? ¿La recolección probatoria?



Yo creo que es una suma de situaciones muy lamentables que necesitamos superar, y es un poquito la expresión –sin que el Poder Judicial quite cuerpo en ese problema– de la ineficacia del Estado como tal. El Estado peruano no está a la altura de la evolución de la economía.



Usted es el Estado.



Desde luego. Soy parte, sí. Yo no lo niego, pero en todo el Estado tenemos ese problema porque está ahí fuertemente enraizado y es peligroso. Hay una cultura de la ineficiencia.







"VRAE y el Huallaga son zonas calientes para un juez"



¿Por qué la Oficina de Control de la Magistratura, OCMA, está revisando la resolución de la Sala de Apelaciones de Ica? La Sala de Apelaciones lo único que ha dicho es “fije usted una nueva fecha para la audiencia de detención preventiva y motive bien, señor juez, porque no ha motivado correctamente”.



La OCMA ha considerado que sería conveniente, a nivel preliminar, determinar si en esa decisión hay algún problema en el ámbito de la justificación. Hay defectos de resolución que tienen que ver con la motivación, pero no todo defecto de motivación debe merecer nulidad de actuación y menos en apelación. Y en consecuencia, en principio, la regla es que por motivación no se anula, sino se corrige con los correspondientes llamados de atención, etc.



Veo que a usted la resolución en la Sala de Apelaciones de Ica no lo ha dejado muy satisfecho.



No. No me ha dejado satisfecho porque considero que debió ir al fondo del asunto. Decir revocar o confirmar porque esa es mi concepción procesalista y la que ha aplicado la Corte Suprema.



¿Cuáles son las zonas más calientes para ser juez hoy en el Perú? Las peores. Dónde es más difícil, dónde se juega la vida o le puede caer un tiro o ser perseguido.



¿Zonas calientes? Vamos a ver. Sin descartar Lima, diría que una zona difícil es Madre de Dios por el crimen organizado, desde el ámbito de la minería ilegal. Una zona caliente es Puno, por la lógica de la economía ilegal del contrabando y también del narcotráfico. El VRAE, por supuesto, y la zona del Huallaga. Esas son zonas muy calientes para ser juez.



¿Duran poco los jueces allí?


Duran poco. Es que es complicado. Y tengo ese gran problema

LA REPUBLICA