Jueza liberó a modelo y prima porque 'son de buena familia'
Por Miryam Beteta (trome)
También tomó en cuenta que son universitarias y tienen menos de 25 años.
Abogados dicen que fallo es escandaloso y penas para estos casos son hasta de 15 años de prisión.
La justicia en el Perú no es ciega. A esa conclusión se llega si analizamos las 'razones' por las cuales la jueza Ruth Silverio Encarnación, del 48 Juzgado, sacó de la carceleta a la modelo extorsionadora y a su prima y les dio orden de 'comparecencia restringida'. La jueza quitó la venda de la justicia y la hizo abrir los ojos para establecer diferencias. Le abrió las rejas a las muchachas que reconocieron y confesaron su execrable delito, 'porque provienen de buena familia, son estudiantes universitarias, tienen menos de veinticinco años y no registrar antecedentes penales'.
Increíble, la modelo Clarisa Ojeda León y su prima,
Renée Manyari Ojeda, no solo torturaron psicológicamente durante semanas al empresario Juan Lei Sincho. También lanzaron amenazas de atentar contra los hijos del negociante y, sobre todo, fueron claras en advertirle que si no le entregaban los cincuenta mil dólares, su hija que estaba en Argentina podía sufrir un atentado.
Asustado el empresario recurrió a la policía y los efectivos montaron un operativo en Larco Mar, donde las jóvenes llegaron y recogieron el dinero fruto de la extorsión. El dinero estaba marcado con luminol y las muchachas fueron detenidas cuando se retiraban del centro comercial, matándose de risa por su fechoría.
Fuentes del Poder Judicial señalaron que estos hechos, entre otros, no fueron tomados en cuenta por la titular del 48 Juzgado Penal de Lima, Ruth Silverio Encarnación, cuando decidió solo abrirle proceso penal con mandato de comparecencia restringida a las denunciadas, así como el pago de una caución. ¿Por qué la jueza procede como si se tratara del robo de una fruta de un supermercado, como una palomillada juvenil?
Consultamos a colegas de la magistrada y mostraron su contrariedad por su proceder. "Es un acto de discriminación, porque si todos los jueces actuaran con ese criterio, solo irían a la cárcel aquellas personas que cometan un acto similar, pero solo si no tienen estudios superiores y no provienen de una buena familia. Qué lamentable que colegas magistrados actúen de manera tan sospechosa, que desprestigia a la justicia peruana en general", sostuvo enérgicamente un magistrado que solicitó mantengamos su nombre en reserva.
Comunicado
En tanto, ayer la magistrada salió a defenderse a través de un comunicado, donde dice: "que dio libertad a las mujeres basándose en el artículo 135 del Código Procesal Penal, que indica que para dictar una medida de detención deben de concurrir copulativamente los 3 requisitos establecidos en dicha norma. Es necesario que existan indicios suficientes que vinculen al detenido con responsabilidad en el tema, y que haya suficientes elementos probatorios de la comisión del delito que vinculen al imputado como autor. Además que exista riesgo que las imputadas intenten evadir la justicia o perturbar el marco probatorio'.
El caso fue denunciado por la titular de la Sexta Fiscalía Penal de Lima, Ruth Sotomayor García, el viernes en la noche. Sin embargo, ayer señaló que no apelará a la resolución de la representante del Poder Judicial, al considerar que se ajusta a ley.
De otro lado, aún no se había remitido este caso a la mesa de partes para que se designe a un juzgado penal que se encargue de la etapa procesal y se recabe la manifestaciones de las universitarias, se tome la declaración del agraviado y se recabe más pruebas.
Ambas acusadas no quisieron dar declaraciones a la prensa. "No han vuelto a la universidad y han desaparecido del mapa por arte del magia, parece que se las hubiera tragado la tierra", manifestaron sus compañeros de estudios conocidos.
Por Miryam Beteta (trome)
También tomó en cuenta que son universitarias y tienen menos de 25 años.
Abogados dicen que fallo es escandaloso y penas para estos casos son hasta de 15 años de prisión.
La justicia en el Perú no es ciega. A esa conclusión se llega si analizamos las 'razones' por las cuales la jueza Ruth Silverio Encarnación, del 48 Juzgado, sacó de la carceleta a la modelo extorsionadora y a su prima y les dio orden de 'comparecencia restringida'. La jueza quitó la venda de la justicia y la hizo abrir los ojos para establecer diferencias. Le abrió las rejas a las muchachas que reconocieron y confesaron su execrable delito, 'porque provienen de buena familia, son estudiantes universitarias, tienen menos de veinticinco años y no registrar antecedentes penales'.
Increíble, la modelo Clarisa Ojeda León y su prima,
Renée Manyari Ojeda, no solo torturaron psicológicamente durante semanas al empresario Juan Lei Sincho. También lanzaron amenazas de atentar contra los hijos del negociante y, sobre todo, fueron claras en advertirle que si no le entregaban los cincuenta mil dólares, su hija que estaba en Argentina podía sufrir un atentado.
Asustado el empresario recurrió a la policía y los efectivos montaron un operativo en Larco Mar, donde las jóvenes llegaron y recogieron el dinero fruto de la extorsión. El dinero estaba marcado con luminol y las muchachas fueron detenidas cuando se retiraban del centro comercial, matándose de risa por su fechoría.
Fuentes del Poder Judicial señalaron que estos hechos, entre otros, no fueron tomados en cuenta por la titular del 48 Juzgado Penal de Lima, Ruth Silverio Encarnación, cuando decidió solo abrirle proceso penal con mandato de comparecencia restringida a las denunciadas, así como el pago de una caución. ¿Por qué la jueza procede como si se tratara del robo de una fruta de un supermercado, como una palomillada juvenil?
Consultamos a colegas de la magistrada y mostraron su contrariedad por su proceder. "Es un acto de discriminación, porque si todos los jueces actuaran con ese criterio, solo irían a la cárcel aquellas personas que cometan un acto similar, pero solo si no tienen estudios superiores y no provienen de una buena familia. Qué lamentable que colegas magistrados actúen de manera tan sospechosa, que desprestigia a la justicia peruana en general", sostuvo enérgicamente un magistrado que solicitó mantengamos su nombre en reserva.
Comunicado
En tanto, ayer la magistrada salió a defenderse a través de un comunicado, donde dice: "que dio libertad a las mujeres basándose en el artículo 135 del Código Procesal Penal, que indica que para dictar una medida de detención deben de concurrir copulativamente los 3 requisitos establecidos en dicha norma. Es necesario que existan indicios suficientes que vinculen al detenido con responsabilidad en el tema, y que haya suficientes elementos probatorios de la comisión del delito que vinculen al imputado como autor. Además que exista riesgo que las imputadas intenten evadir la justicia o perturbar el marco probatorio'.
El caso fue denunciado por la titular de la Sexta Fiscalía Penal de Lima, Ruth Sotomayor García, el viernes en la noche. Sin embargo, ayer señaló que no apelará a la resolución de la representante del Poder Judicial, al considerar que se ajusta a ley.
De otro lado, aún no se había remitido este caso a la mesa de partes para que se designe a un juzgado penal que se encargue de la etapa procesal y se recabe la manifestaciones de las universitarias, se tome la declaración del agraviado y se recabe más pruebas.
Ambas acusadas no quisieron dar declaraciones a la prensa. "No han vuelto a la universidad y han desaparecido del mapa por arte del magia, parece que se las hubiera tragado la tierra", manifestaron sus compañeros de estudios conocidos.
(ANDINA).- La Oficina de Control de la Magistratura dispuso que un total de 17 juzgados civiles de la Corte Superior de Justicia de Lima, adopten las medidas pertinentes para descongestionar sus despachos en un plazo de 60 días naturales.
De acuerdo a la resolución de jefatura 083-2008-J-OCMA, suscrita por Elcira Vásquez Cortez, la medida responde a la situación crítica de la especialidad civil detectada durante una visita de inspección realizada por su despacho a la sede judicial del edificio “Alzamora Valdez”.
Durante la visita se constató la caótica situación generada por hechos, como el excesivo retardo en resolver los expedientes o el elevado volumen de la carga procesal.
La resolución de Ocma precisa que este plazo, que vence el próximo 17 de octubre, no constituye un beneficio disciplinario para los magistrados y personal auxiliar que integran los juzgados, puesto que la medida se implementará sin perjuicio de las responsabilidades que se hubieran generado por el retardo incurrido en resolver las causas.
Cada juzgado contará con un apoyo adicional de dos auxiliares de justicia, cuyos contratos vencen exactamente a los dos meses del inicio de la implementación de la medida.
Los juzgados civiles a los que se refiere esta disposición son; el Segundo, el Cuarto, el Sexto, el Séptimo, el Undécimo, el Vigésimo Sexto del módulo ubicado en el décimo tercer piso del edificio “Alzamora Valdez”.
Del módulo ubicado en el piso catorce son, el tercero, el décimo, el décimo sexto y el vigésimo tercero, del piso 15 el octavo y el décimo cuarto, del piso 17 el trigésimo séptimo, del piso 19 el quincuagésimo octavo y el quincuagésimo noveno y del piso 20 el cuadragésimo segundo y el cuadragésimo sextos juzgados especializados en lo civil.
Al cabo del plazo señalado, Vásquez dispuso que se desarrolle la etapa de evaluación y verificación del cumplimiento de los objetivos por los cuales se dictó.
Esta emisión estará a cargo de magistrados de la Ocma que darán cuenta al despacho de la jefatura suprema de los resultados obtenidos para la adopción de las decisiones pertinentes en el ámbito del control disciplinario.
La disposición de la OCMA ya fue notificada a cada una de las judicaturas y su implementación se encuentra en vías de ejecución.
De acuerdo a la resolución de jefatura 083-2008-J-OCMA, suscrita por Elcira Vásquez Cortez, la medida responde a la situación crítica de la especialidad civil detectada durante una visita de inspección realizada por su despacho a la sede judicial del edificio “Alzamora Valdez”.
Durante la visita se constató la caótica situación generada por hechos, como el excesivo retardo en resolver los expedientes o el elevado volumen de la carga procesal.
La resolución de Ocma precisa que este plazo, que vence el próximo 17 de octubre, no constituye un beneficio disciplinario para los magistrados y personal auxiliar que integran los juzgados, puesto que la medida se implementará sin perjuicio de las responsabilidades que se hubieran generado por el retardo incurrido en resolver las causas.
Cada juzgado contará con un apoyo adicional de dos auxiliares de justicia, cuyos contratos vencen exactamente a los dos meses del inicio de la implementación de la medida.
Los juzgados civiles a los que se refiere esta disposición son; el Segundo, el Cuarto, el Sexto, el Séptimo, el Undécimo, el Vigésimo Sexto del módulo ubicado en el décimo tercer piso del edificio “Alzamora Valdez”.
Del módulo ubicado en el piso catorce son, el tercero, el décimo, el décimo sexto y el vigésimo tercero, del piso 15 el octavo y el décimo cuarto, del piso 17 el trigésimo séptimo, del piso 19 el quincuagésimo octavo y el quincuagésimo noveno y del piso 20 el cuadragésimo segundo y el cuadragésimo sextos juzgados especializados en lo civil.
Al cabo del plazo señalado, Vásquez dispuso que se desarrolle la etapa de evaluación y verificación del cumplimiento de los objetivos por los cuales se dictó.
Esta emisión estará a cargo de magistrados de la Ocma que darán cuenta al despacho de la jefatura suprema de los resultados obtenidos para la adopción de las decisiones pertinentes en el ámbito del control disciplinario.
La disposición de la OCMA ya fue notificada a cada una de las judicaturas y su implementación se encuentra en vías de ejecución.
Tribunal realizará mañana una audiencia para escuchar a las partes. Juzgado declaró fundado recurso que señala que el caso ya prescribió, pese a que se trata de delitos de lesa humanidad.
Ana Núñez. La república
Hora crucial. Mañana podría darse un paso importante en caso El Frontón.
Muchas cosas se pondrán en juego cuando el Tribunal Constitucional resuelva el recurso de queja presentado por el Instituto de Defensa Legal (IDL) contra el fallo de la Tercera Sala de Reos Libres, que declara fundado el hábeas corpus interpuesto por Teodorico Bernabé, uno de los acusados de la matanza de El Frontón, en el que se aduce que ese caso ya ha prescrito.
Luego de que el recurso de queja fuera admitido por el TC, mañana se realizará una audiencia pública en la que ambas partes presentarán sus argumentos: por un lado, los abogados del IDL, en representación de las víctimas de la matanza de El Frontón, y por el otro el procurador del Poder Judicial, que defenderá la posición de la Sala.
Debe señalarse que al admitir el hábeas corpus de Bernabé, la Tercera Sala para Reos Libres dispone el archivo de la denuncia fiscal en el caso de la matanza de El Frontón, pese a que un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó investigar, procesar y sancionar a los responsables del crimen donde fueron asesinadas 107 personas, muchas de ellas acusadas mas no sentenciadas como terroristas.
Los abogados del consorcio Justicia Viva del IDL, Juan Carlos Ruiz y Carlos Rivera, han advertido que el TC deberá revocar la sentencia del Poder Judicial, de lo contrario estaría actuando en contra de la Constitución –que le otorga el rol de garante de las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado–, pues desconocería la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Lo más importante, sin embargo, es que una sentencia a favor del hábeas corpus marcaría un nefasto precedente, pues significaría determinar que los casos de violaciones de lesa humanidad, como el de El Frontón, son prescriptibles.
De ser así, eso podría terminar en un huaico de hábeas corpus en otros casos de violaciones de derechos humanos para lograr aplicar la misma sentencia en su favor.
Señalan que habría presión del gobierno
1] Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado del Instituto de Defensa Legal, afirmó que hay presión del gobierno en el caso El Frontón debido a que, si bien no están comprendidos en el proceso como responsables, el presidente Alan García y el vicepresidente Luis Giampietri son parte del mismo como testigos. "El caso de todas maneras toca al gobierno", dijo.
2] Ruiz comentó que incluso el IDL considera que la renuncia del ex presidente del Tribunal Constitucional César Landa Arroyo está estrechamente vinculada al caso.
3] "En efecto, con esta decisión la nueva composición del tribunal no solo se juega mucho de su prestigio, independencia y credibilidad, sino que también dará una importante señal para lo que significa la lucha contra la impunidad", manifestó.






