10/12/07: Eliminación de papeletas electrónicas
Considerando que la implementación de las papeletas electrónicas ha tenido una serie de deficiencias en su procedimiento (lo cual ha sido reconocido por la municipalidad de Lima), se deberían anular todas aquellas en las que se cumpla una de las dos condiciones:
a) Todas aquellas papeletas en las cuales el exceso de velocidad es menor de 5 km/h. Esto es para tener en cuenta que los equipos no son exactos y tienen un margen de error.
b) Todas aquellas papeletas en las cuales el límite de velocidad ha sido bajado artificialmente y, por lo tanto, no guarda relación con la seguridad vial.
Se deben mantener las papeletas electrónicas en las cuales los conductores exceden en 5 Km/h la velocidad máxima indicada por el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), a pesar que las vías no tengan la señalización; debido a que la señalización que puede colocar la municipalidad puede bajar la velocidad que indica el RNT, pero nunca puede ser superior a lo que este indica. En este caso no se pude justificar el exceso de velocidad por la falta de señalización de las vías.
a) Todas aquellas papeletas en las cuales el exceso de velocidad es menor de 5 km/h. Esto es para tener en cuenta que los equipos no son exactos y tienen un margen de error.
b) Todas aquellas papeletas en las cuales el límite de velocidad ha sido bajado artificialmente y, por lo tanto, no guarda relación con la seguridad vial.
Se deben mantener las papeletas electrónicas en las cuales los conductores exceden en 5 Km/h la velocidad máxima indicada por el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), a pesar que las vías no tengan la señalización; debido a que la señalización que puede colocar la municipalidad puede bajar la velocidad que indica el RNT, pero nunca puede ser superior a lo que este indica. En este caso no se pude justificar el exceso de velocidad por la falta de señalización de las vías.







