Archivos de mayo,2011
El IASB emite un nuevo paquete de NIIF: 10, 11, 12 y 13
mayo 21, 2011A continuación la relación de normas recientemente emitidas:
El International Accounting Standards Board (IASB) emitió el pasado 12 de Mayo del 2011 cuatro NIIF nuevas como respuesta efectiva ante la crisis financiera global.
* NIIF 10 Estados Financieros Consolidados se basa en los principios existentes mediante la identificación del concepto de control como el factor determinante de si la entidad debe estar incluida en los estados financieros consolidados de la sociedad matriz. La norma proporciona orientación adicional para ayudar en la determinación de control donde esto es difícil de evaluar.
* NIIF 11 Acuerdos conjuntos prevé un reflejo más realista de arreglos conjuntos, centrándose en los derechos y obligaciones del acuerdo, en lugar de su forma jurídica (como es el caso actualmente). La norma aborda las inconsistencias en los informes de arreglos conjuntos, al exigir un único método para dar cuenta de participaciones en entidades controladas de forma conjunta.
* NIIF 12 de declaración de intereses en otras entidades es un nuevo estándar y completa sobre los requisitos de divulgación para todos los tipos de interés en otras entidades, incluidos los acuerdos conjuntos, asociados, vehículos especiales y otros vehículos fuera de balance.
* NIIF 13 da una definición y los detalles sobre el valor razonable.
Fuente: http://nicniif.org/home/
CURSO DE ACTUALIZACIÓN APLICACIÓN DE LAS NIIF A LA CONTABILIDAD CORPORATIVA
mayo 13, 2011Para mayor información pueden acceder al siguiente enlace:
http://departamento.pucp.edu.pe/administrativas/index.php?option=com_content&task=view&id=313&Itemid=81
Días: 16, 18, 23, 25 y 30 de mayo del 2011
Horario: 19:00 a 22:00 horas
Informes e inscripciones
Pontificia Universidad Católica del Perú
Departamento Académico de Ciencias Adminsitrativas
Teléfono 626-2000 anexo 4261 - 4262
ccadm@pucp.edu.pe
Se promulga Resolución para implementar el llevado electrónico del Registro de Compras
mayo 03, 2011Para lograr este objetivo, mediante esta resolución se ha procedido con incorporar el numeral 13 al artículo 13° de la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT, indicándose, entre otra información, lo siguiente:
13. REGISTRO DE COMPRAS
13.1 En este registro se deberá incluir mensualmente la información establecida en el ANEXO Nº 2.
Para tal efecto se han modificado los Anexo 1 y 2 de dicha resolución, con lo cual se incluye el numeral 8 “Registro de Compras”.
La misma Resolución incluye una disposición complementaria bajo el siguiente texto “Modificación del plazo máximo de atraso respecto del registro de compras y del registro de ventas e ingresos”.
Fuente: Normas Legales – Diario El Peruano





