Lo invitamos a revisar la Base de Datos “Justicia y Transparencia” y a emplearla en sus actividades profesionales y académicas.
Archivos de mayo,2011
Base de datos sobre el proceso de hábeas data: “Justicia y Transparencia”
mayo 24, 2011Lo invitamos a revisar la Base de Datos “Justicia y Transparencia” y a emplearla en sus actividades profesionales y académicas.
Acceso a la Información Pública: Informes de interés
mayo 19, 2011Año 2010
- Informe de la Presidencia del Consejo de Ministros sobre las solicitudes y pedidos de información atendidos y no atendidos por las entidades estatales[260clicks]. Fuente: Página web de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Agresión a Althaus y Derechos Ciudadanos *
mayo 17, 2011Abogado. Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.
El pasado viernes 6 de mayo un grupo de ciudadanos se reunió cerca de las instalaciones de un canal de televisión a fin de expresar su posición en contra de la línea editorial de un periodista, en tanto consideraban que no era plural y que favorecía con sus comentarios y entrevistas a uno de los candidatos que disputará la segunda vuelta de las elecciones presidenciales el próximo 5 de junio. El problema fue que este rechazó ciudadano llegó al extremo de impedir que el periodista se retire del canal sin problemas, con amenazas a su integridad física, que afortunadamente no llegaron a concretarse.

Ejecutivo reglamenta el derecho a la consulta a los pueblos indígenas
mayo 12, 2011Abogado. Profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Mediante la sentencia 5427-2009-PC-TC el Tribunal Constitucional ordenó al Ministerio de Energía y Minas dictar una Reglamento sobre la consulta previa a los pueblos indígenas en materia de actividades mineras y energéticas, conforme a los principios contenidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. El 12 de mayo del 2011 se publicó en el diario oficial El Peruano el mencionado Reglamento (Decreto Supremo 23-2011-EM), con lo cual se ha dado cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal.
Como es de conocimiento público, no existe un marco legal de desarrollo del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas. A pesar que el tema ha sido debatido en el Congreso, el Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley respectiva, encontrándose pendiente de análisis por el órgano legislativo los dictámenes que se pronuncian a favor de la insistencia y el allanamiento a las observaciones, siendo bastante probable que el tema no se discuta en lo que queda de la presente legislatura, quedando en consecuencia el tema para el próximo Congreso que inicia sus funciones en julio.
Fue en este escenario de omisión legislativa que el Tribunal Constitucional desarrolló una línea jurisprudencial sobre los alcances del derecho a la consulta, en concordancia con lo dispuesto por el Convenio 169 de la OIT, que ha servido de marco para que el Ejecutivo emita el reglamento respectivo, el cual sólo aborda el tema de la consulta en cuanto a las medidas normativas y administrativas vinculadas con actividades mineras y energéticas que afecten directamente los derechos de los pueblos indígenas. En consecuencia, todavía sigue siendo necesario que el Congreso se pronuncie sobre una ley general sobre la consulta, aplicable a los diversos ámbitos en donde la misma resulte exigible.




