La semana pasada el pleno del Congreso aprobó, además del Acuerdo de Promoción Comercial (TLC) con Estados Unidos (EE.UU.), cuatro leyes que contemplan compensaciones directas a los agricultores y normativas para el aumento de competitividad en el sector de agro comercial. Estas leyes se sustentan en que los productores nacionales perderían mercado al competir de manera desigual con productos subsidiados y de bajos costos provenientes de EE.UU., por lo que se hace necesaria una compensación monetaria en proporción a la cantidad que dejarían de vender.
Como se observa en el gráfico, los agricultores que antes del TLC obtenían un precio interno de P1 por sus productos, ahora tienen que enfrentarse a un precio de productos norteamericanos de P2, lo cual merma su producción en una cantidad Q1 - Q2. La idea es que la compensación a los agricultores reduzca esta pérdida.
Sin embargo, como dicha compensación monetaria no es suficiente, de las cuatro normas aprobadas, 3 están referidas a reformas en el sector agrícola: 1) la creación de un programa de formalización para la competitividad de la cadena del maíz amarillo duro - avícola - porcícola, 2) la ampliación de beneficios de las actividades agroindustriales si es que se utilizan productos agropecuarios de origen nacional, y 3) la creación de un Fondo de Garantía para la pequeña agricultura (FOGATA) para garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los pequeños agricultores.
Asimismo, existen otros proyectos pendientes de aprobación que han sido presentados al Congreso.
De este modo, la aplicación de compensaciones no necesariamente es la solución absoluta al problema. En el caso de México, por ejemplo, la aplicación de esta misma fórmula antes de firmar un acuerdo comercial similar al TLC, trajo consigo una mala asignación de recursos en el sector agrícola, ya que se crearon incentivos para sembrar mayoritariamente productos subsidiados, y dejar de lado la siembra de otros productos alternos más productivos y rentables.
Dada la creciente volatilidad en los mercados mundiales, los Credit Default Swaps (CDS) están adquiriendo cada vez mayor importancia. [1] El contexto internacional, sumado los factores internos de los países latinoamericanos, generan un temor en los inversionistas sobre el riesgo crediticio inherente en los bonos soberanos y en los instrumentos de deuda de las empresas de Latinoamérica, el mismo que, a su vez, impulsa el dinamismo de estos instrumentos derivados en la región.
El comprador de un CDS acuerda pagar cierta cantidad de efectivo (con cierta periodicidad) al vendedor a cambio de tener una protección contra el impago (default) de un bono o préstamo de una empresa o país. Si la empresa o país de referencia en el contrato entra en default (se produce un evento crediticio), el vendedor del CDS paga al comprador del mismo el monto total de la pérdida en el préstamo o bono. Esta liquidación puede ser en efectivo o en entrega física. Un evento crediticio o default, puede involucrar una bancarrota, insolvencia, reducción en la calificación de crédito, o incumplimiento de pagos en el activo de la referencia.
Comprar un CDS es similar a comprar un seguro que convierte el riesgo crediticio del activo subyacente al riesgo crediticio del vendedor del CDS. El comprador típico es el dueño de un bono o prestamista sobre la empresa o gobierno de la referencia en el contrato.
Los precios de los CDS se cotizan como puntos básicos (un p.b. es 0,01 puntos porcentuales). Los pagos periódicos (por ejemplo, semestrales) se calculan multiplicando los puntos básicos por el valor nocional del contrato.
El movimiento en los precios de los CDS es similar al del riesgo país (calculado como el diferencial de rendimientos de los bonos sobre los del Tesoro de EE.UU.). En el siguiente gráfico, se comparan los precios de los CDS con un plazo de cinco años con el riesgo país para cinco países de Latinoamérica: Brasil, Colombia, México, Perú y Venezuela. Se utilizan como ponderadores en los cálculos de los precios de CDS y riesgo país los PBI en dólares. La disminución de los riegos países entre enero de 2003 y junio de 2006 se refleja en la disminución de los precios de CDS de 980 a 139 p.b.. En el caso del Perú, la disminución del riesgo país se refleja en la caída de los precios de CDS de 725 a 170 p.b. para el mismo período.
Fuente: Morgan Stanley, J.P. Morgan y FMI
[1] En diciembre de 2005, estos derivados financieros alcanzaron un volumen de US$ 13,7 billones a nivel mundial (negociados extrabursátilmente), lo que representa un crecimiento de 115% con respecto a diciembre de 2004. Fuente: BIS.