Archivo de 15 septiembre 2010
Mediante Oficio N° 558-2010-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo N° 1097, publicado en nuestra edición del día 1 de setiembre de 2010.
DICE:
“Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto adelantar la vigencia de algunos artículos del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, a todos los Distritos Judiciales del país, con la finalidad de establecer un marco regulatorio uniforme respecto de los delitos que implican violación de derechos humanos.”
DEBE DECIR:
“Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto adelantar la vigencia de algunos artículos del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, a los Distritos Judiciales donde aún no se encuentra vigente y que serán indicados mediante Decreto Supremo, con la finalidad de establecer un marco regulatorio uniforme respecto de los delitos que implican violación de derechos humanos.”
Fuente: Diario Oficial El Peruano, Edición extraordinaria, 14 de setiembre de 2010
DICE:
“Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto adelantar la vigencia de algunos artículos del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, a todos los Distritos Judiciales del país, con la finalidad de establecer un marco regulatorio uniforme respecto de los delitos que implican violación de derechos humanos.”
DEBE DECIR:
“Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto adelantar la vigencia de algunos artículos del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, a los Distritos Judiciales donde aún no se encuentra vigente y que serán indicados mediante Decreto Supremo, con la finalidad de establecer un marco regulatorio uniforme respecto de los delitos que implican violación de derechos humanos.”
Fuente: Diario Oficial El Peruano, Edición extraordinaria, 14 de setiembre de 2010












