Archivo de 20 abril 2009
20/04/09: Cambios en SBS
La SBS aprobó su nueva estructura orgánica a través de la Res. Nº 2675-2009-SBS. Así, queda conformada de acuerdo al siguiente detalle: Alta Dirección, Órganos de Línea, Órganos de Asesoría y Órgano de Control Institucional. Además, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, el cual se publicara en el Portal Institucional: www.sbs.gob.pe, refiere la norma.
Fuente : El Peruano
Fuente : El Peruano
20/04/09: Academia de la Magistratura
derecho
RENUEVA AUTORIDADES
Academia de la Magistratura
El consejo directivo de la Academia de la Magistratura (Amag) designó al vocal supremo Manuel Sánchez -Palacios Paiva como su nuevo presidente y titular del pliego presupuestal institucional para el periodo 2009 -2010. Además, eligió al fiscal supremo Percy Peñaranda Portugal como su nuevo vicepresidente, según precisa la RN° 004-2009-AMAG-CD.
Fuente: El Peruano
RENUEVA AUTORIDADES
Academia de la Magistratura
El consejo directivo de la Academia de la Magistratura (Amag) designó al vocal supremo Manuel Sánchez -Palacios Paiva como su nuevo presidente y titular del pliego presupuestal institucional para el periodo 2009 -2010. Además, eligió al fiscal supremo Percy Peñaranda Portugal como su nuevo vicepresidente, según precisa la RN° 004-2009-AMAG-CD.
Fuente: El Peruano
derecho
MTPE. A CONSULTA DE ASOCIACIÓN PERUANA DE RECURSOS HUMANOS
Fijan criterios ante Ley de tercerización
Para identificar debidamente las actividades complementarias
Dan precisiones en servicios de vigilancia, mensajería y limpieza
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su oficina de asesoría jurídica, emitió un informe en el que desarrolla ciertos criterios sobre la aplicación de la Ley de Tercerización, ante una consulta realizada por la Asociación Peruana de Recursos Humanos (APERHU).
El informe, de esa forma, permitirá definir el régimen aplicable a la tercerización de actividades complementarias y la aplicación de la Ley de tercerización si los servicios son desarrollados en la calle, domicilio o centro de trabajo del cliente.
Así, para el órgano asesor legal del MTPE, que dirige Guillermo Miranda Hurtado, constituirán criterios para identificar las actividades complementarias si éstas implican el desarrollo de labores auxiliares.
Igualmente si su ausencia o falta de ejecución no interrumpe el funcionamiento o desarrollo de actividades empresariales, como sucede con los servicios de vigilancia, seguridad, reparaciones, mensajería y limpieza. Incluso puede considerarse como complementarias otras actividades, siempre que su falta de ejecución no interrumpa el funcionamiento o desarrollo de actividades empresariales.
MTPE. A CONSULTA DE ASOCIACIÓN PERUANA DE RECURSOS HUMANOS
Fijan criterios ante Ley de tercerización
Para identificar debidamente las actividades complementarias
Dan precisiones en servicios de vigilancia, mensajería y limpieza
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su oficina de asesoría jurídica, emitió un informe en el que desarrolla ciertos criterios sobre la aplicación de la Ley de Tercerización, ante una consulta realizada por la Asociación Peruana de Recursos Humanos (APERHU).
El informe, de esa forma, permitirá definir el régimen aplicable a la tercerización de actividades complementarias y la aplicación de la Ley de tercerización si los servicios son desarrollados en la calle, domicilio o centro de trabajo del cliente.
Así, para el órgano asesor legal del MTPE, que dirige Guillermo Miranda Hurtado, constituirán criterios para identificar las actividades complementarias si éstas implican el desarrollo de labores auxiliares.
Igualmente si su ausencia o falta de ejecución no interrumpe el funcionamiento o desarrollo de actividades empresariales, como sucede con los servicios de vigilancia, seguridad, reparaciones, mensajería y limpieza. Incluso puede considerarse como complementarias otras actividades, siempre que su falta de ejecución no interrumpa el funcionamiento o desarrollo de actividades empresariales.











