
Al respecto, en el mismo post precisamos que si bien el 20 de julio de 2005 se publicó la Ley N.° 28581, cuya Primera Disposición Complementaria autoriza a la ONPE para que implemente progresiva y gradualmente el voto electrónico, esa sola autorización no resultaba suficiente para lograrlo, debido a que la legislación electoral vigente, elaborada en función al voto manual, no contiene normas que puedan aplicarse a todas las características especiales del voto electrónico; motivo por el cual resultaba necesario adecuar determinados procedimientos electorales o expedir disposiciones especiales, si es que no a través de una ley, cuando menos a través de un reglamento de la mencionada norma legal (la disposición complementaria que autoriza a la ONPE a implementar el voto electrónico).
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15/jul/2009: Apuntes sobre la creación del distrito electoral de Lima Provincias y el incremento del número de congresistas (I)

SOBRE EL INCREMENTO DEL NÚMERO DE CONGRESISTAS O DEL TAMAÑO DEL PARLAMENTO
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